DE LOS DECRETOS Y ORDENES sta se QUE HAN EXPEDIDO LAS CORTES GENERALES Y EXTRAORDINARIAS DESDE 24 DE MAYO DE 1812 HASTA 24 DE FEBRERO DE 1813. MANDADA PUBLICAR DE ORDEN DE LAS MISMAS. TOMO III. IMPRESO EN CÁDIZ : Y REIMPRESO EN VICH POR JUAN DORCA. NOTA. A la pág. 168 del Tomo I de esta Coleccion pertenece la órden siguiente, que se omitió por olvido. Orden Sobre que no se suspendan en esta plaza los efectos del decreto de 3 de Febrero de 1811. Enteradas las Córtes generales y extraordinarias del oficio que de órden del consejo de Regencia nos pasó V. S. con fecha de 23 de Mayo último, relativo á lo útil y conveniente que seria suspender en esta plaza los efectos del Real decreto de 9 de Febrero próxîmo pasado (*), en que se manda, entre entre otras cosas, admitir á los acreedores del Estado la tercera parte de los derechos que adeudan en las aduanas á cuenta de los créditos devengados hasta dicha época, y el todo desde ella en adelante, por ser estos los unicos fondos de que puede disponerse para la subsistencia de tropas y demas objetos indispensables; han resuelto que las causas expuestas no son suficientes para suspender en esta ciudad los efectos del referido; y que con arreglo á él se admitan los créditos legítimos y líquidos en los pagos, y segun en él se previene, siempre que estos se hagan por los primeros acreedores, y (*) Esta fecha debe entenderse del 3 de Febrero de 1811. |