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politano de Valencia la debilidad (*) de ceder al triste Decreto de 1.° de noviembre, el infrascripto se ve en la dura necesidad de interrumpir, como lo hizo ya con la diócesis de Málaga, toda relacion con el que actualmente se titula Vicario de Valencia, y suspender el curso de todos los negocios eclesiásticos con aquella diócesis, hasta que no esté administrada á nombre y con las facultades de su legítimo Pastor. Por lo tanto espera que el Gobierno se apresurará á tomar las determinaciones oportunas y consiguientes á su rectitud y Religion, que el infrascripto ha reclamado desde un principio, para poner un término á estos cismas parciales, y que reclama hoy de nuevo con mayor instancia. En el ínterin, y mientras que ruega al señor Secretario de Estado se sirva elevar esta Nota al conocimiento de S. M. para los efectos convenientes, tiene el honor de reno

(*) Si es para nosotros de sumo dolor haber de confesar la debilidad, que acaso el temor arrancó á un Cabildo tan ilustre, nos es de la mayor complacencia manifestar los sentimientos de su dolor al considerar se permitió dar un paso tan arriesgado. El temor arrancó á san Pedro la negacion de su divino Maestro, pero su caida no impidió que fuese despues escogido para Cabeza visible de la Iglesia. La entera sumision del Ilustrísimo Cabildo ha resarcido ó resarcirá con usuras un mal que acaso fuese solo de algunos de sus individuos.

varle los sentimientos de su alta y distinguida consideracion. Nunciatura de Madrid y enero 12 de 1823. El Nuncio Apostólico. Excelentísimo Señor don Evaristo San Miguel, Ministro de Estado.

VIGÉSIMACUARTA.

Sobre las secularizaciones, por motivo únicamente de conciencia (*).

El infrascripto Nuncio Apostólico ha reci

bido en el dia de ayer la Nota del Caballero señor Anduaga de fecha del 5 del corriente, en la que de parte de S. M. C. se le piden

(*) Por queja de unos Regulares de Murcia leida en la sesion de 11 de marzo de 21, de que el reverendo Nuncio de su Santidad no habia accedido á su secularización desestimando los motivos que exponian, y eran el de exigirlo asi la quietud y seguridad de sus conciencias, las Córtes acordaron á propuesta de los diputados Calatrava y Moreno Guerra, que la comision eclesiástica propusiese las medidas mas convenientes para cortar de raiz este abuso; en su virtud la comision eclesiástica en 28 del mismo opinaba: que si el reverendo Nuncio habia negado el curso á estos expe

algunas aclaraciones sobre las causas que por él se exigen para conceder los Rescriptos de secularizacion perpetua á los Regulares que la piden, y se apresura á contextarla con aquella prontitud que parece desea el Gobierno.

Las Córtes han hecho ciertamente al Nuncio la justicia de creer que no se habrá separado de las disposiciones del Santo Padre, y manifestarse persuadidas de que si ha desechado las instancias de algunos religiosos, habrá sido por faltarles los requisitos esenciales sin los que no podia condescender con sus deseos. En efecto, asi ha sido, ni podia ser de otra manera; y la indulgencia que parecian exigir las circunstancias, y á que se ha inclinado el ánimo de S. S., se ha usado y practicado siempre con la posible amplitud.

Pero esta indulgencia tiene tambien ciertos límites insuperables, que la Religion misma prescribe, y que el Sumo Pontífice expre

dientes seria probablemente por faltar en ellos algun requisito substancial mas bien que no tener por bastantes los motivos de la tranquilidad de sus conciencias, y propuso se informase el Gobierno si exigia ademas de esta algun otro, como enfermedades corporales, asistencia á parientes pobres &c. y en el caso de hacerlo, se le haga entender debe levantar el rigor de las antiguas reglas, exigiendo única, mente la de tener justos motivos y causas internas, sin ex"presarlas.

samente ha determinado. El despacho de oficio del señor Cardenal Secretario de Estado de 30 de septiembre, cuyo extracto puede todo el mundo ver en la Gaceta del Gobierno de 7 de enero, autoriza las secularizaciones de los Regulares, cuyo recurso se fundase en motivos convenientes. No se remite aqui á la conciencia de los que recurran el juicio de los motivos necesarios, como parece haber creido las Córtes, sino á la (conciencia) del Nuncio, á quien se fia el exámen de las causas suficientes que pueden dar lugar á las secularizaciones. ¿Y cómo podria verificar este exámen si los exponentes no manifiestan ni expresan motivos que caigan bajo el juicio de los hombres? Las causas internas que tocan á la conciencia de cada uno, estan reservadas exclusivamente al de Dios, único escudriñador de los corazones y pensamientos de los mortales.

El Congreso nacional es demasiado prudente, sábio y religioso para no convenir en esta verdad y al mismo tiempo reconocer que si el arrepentimiento y el remordimiento fuesen títulos bastantes para disolver ó conmutar los votos solemnes, en breve vendrian á romperse todos los vínculos que la Religion ha consagrado para contener la inconstancia y versa. tilidad de los hombres. Debe por lo mismo compadecerse la ceguedad de muchos que ol

vidados de los indisolubles lazos contraidos con la divinidad, buscan en el olvido de ellos aquella tranquilidad que si no intervienen otras poderosas causas y razones no podran hallar sino en su exacta observancia.

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No obstante, aun en este punto el Nuncio Apostólico, siguiendo el ejemplo y práctica de Roma, no se ha negado á las instancias fundadas en los motivos de conciencia siempre que han venido acompañadas de certificaciones de los ordinarios que apoyasen con su autoridad las preces de los recurrentes, y asegurasen ser útil y necesaria la secularizacion. Y aun ha extendido su condescendencia hasta el extremo de remitir á los Obispos, juntamente con las facultades necesarias, las instancias de aquellos que sin expresar ningun motivo, se reservan hacerlo á su respectivo Obispo en el acto de la ejecucion del Rescripto de secularizacion, y de este modo los recursos desechados se han limitado al de algunos pocos que no se podian admitir sin violar las disposiciones pontificias, y sin incurrir en una irreparable nulidad.

Esto supuesto, no parece que el Gobierno tenga motivo alguno de quejarse de que no se ha mitigado el rigor de las secularizaciones, y de que la concesion de su Santidad haya venido á ser ilusoria. La mucha mayor brevedad y facilidad de las correspondencias

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