manda á los obispos, sub obtestatione divini Judicis in porque es necesario que mandándose lo uno se provea terminatione maledictionis aeternae, que en todos los lo otro. Lo segundo se lia de advertir sobre aquellas monasterios de monjas, así sujetos como no sujetos, palabras: Quod nemini santimonialium liceat posi prohagan que se guarde clausura. Sobre esta clausura se fessionem exire à monasterio etiam ad breve tempus ha de advertir que liay dos motus proprios, uno de nisi ex aliqua legitima causa ab epistola aprobanda; Pio V y otro del papa Gregorio, donde extienden esta que pues hay motu proprio en el cual se especifican las clausura á los monasterios de terciarias ó de peniten causas por las cuales se debe dar licencia para salir, cia, mandando que á las profesas se les haga guardar seria bien que el concilio determinase si se han de exclausura, y á las no profesas, si no la quisieren guardar, tender á otras semejantes, porque se duda mucho en se les quite la facultad de recibir mas para que los tales ello, y los doctores no se resuelven en lo que se debe monasterios se exlingan. Hase de ver si hay algun mo- bacer. Lo tercero se advierta sobre aquellas palabras: nasterio en la provincia de las dichas terciarias y si en Ingredi autem intra sexta monasterii nemini liceat este número se han de comprehender los monasterios sine episcopali superioris licentia obtenta; que es nede las beatas que salen fuera. Tambien se lia de adver- cesario declarar si el superior se entiende la abadesa ú tir si es contra la dicha clausura lo que en algunos mo otro su superior, y en qué casos podrán entrar sin linasterios se usa que salgan las monjas á una sala donde cencia in septis personas tales como médico, barbero, entran los seglares á hablar con ellas, porque parece confesor, etc. Lo cuarto en este mesmo capítulo se está vedado expresamente en el motu proprio del papa mande que los monasterios de monjas que están fuera Gregorio, en el cual tambien se veda que non liceat del lugar se metan dentro si ila videretur expedire; que traducere ostium per quod ex monasterio introiri pos- parece que en esto no se ha hecho nada hasta ahora, y sit in ipsarum monialium ecclesiam exteriorem. Tam en caso que pareciese deber mudar algun monasterio, bien se advierta que en los dichos motus proprios se da se vea lo que la congregacion de los cardenales sobre el cierta forma para proveer de lo necesario á las monjas concilio ha respondido sobre esto. porque no tengan ocasion de quebrantar la clausura, CATÁLOGO DE LAS OBRAS DE MARIANA. Historta general de España ; publicada en Toledo el Joannis Marianae septem tractatus, publicados el año ago 1392. Hicieronse de esta obra durante la vida del an 1609 á costa de Antonio Hierato. Contiene esta obra, como for otras cuatro ediciones, dos en latin y dos en castellano. indica su mismo utulo, siete tratados, cuyos tilulos svo: Añadiola MARIANA en los dos primeros diez libros, retocóla De adventu B. Jacobi Apostoli in Hisp y corrigola en las últimas. La primera edicion de la tra Pro editione vulgata. duccion española se hizo en Toledo en 1601. - Posterior De spectaculis. mente publicó el mismo autor, primero en latin y despues De monetae mutatione, en castellano, un Sumario que sirve de complemento á la De die mortis Christi. obra, y abraza desde el año 1515 basta el año 1621. (Véase De annis arabum, nuestro juicio critico sobre este libro, que forma parte de De morte el immortalitate. esta coleccion, en la divisiou tercera de puestro Discurso preliminar.) En el primero, De adventu B. Jacobi Apostoli in Hispa niam, se propone defender que vino el apóstol Santiago á De rege el regis institutione, impresa por primera vez España contra todas las objeciones presentadas hasta su en 1598, por segunda en 1040. No existe de ella mas que tiempo. Corrobora su opinion con los testimonios de los una traduccion en lengua vulgar, publicada en esta corte antiguos, los de los breviarios eclesiásticos, los de esel año 1845 por los editores de la Biblioteca de jurispru critores españoles y extranjeros y la autoridad de los dencia y legislacion. La hemos traducido nuevamente para pontifices. Consagra un capítulo á probar que el cuerpo esta COLECCION, donde la incluimos, a pesar de no haber de Santiago está en España, y da como por apéndice el sido escrita por el autor en castellano, en virtud de su mu famoso voto de Ramiro I. Lo mas notable de este tratado chisima importancia. Nos hemos tomado la libertad de su es la introduccion, donde se hace cargo de la diferencia primir dos capítulos, el de la moneda y el de los especia que media entre la religion y la supersticion, habla de las culos, por estar las ideas contenidas en los dos mas am muchas supersticiones que existen entre los cristianos, y pliamente explicadas en dos tratados especiales que pu manifiesta la necesidad de destruirlas.-(Véase sobre este blicó MARIANA en español, y vienen tambien reproducidos punto la division primera de nuestro Discurso preliminar.) en esta BIBLIOTECA. - (Véase la exposicion y juicio crí En el segundo tratado , Pro editione vulgata , empieza lico de esta obra en la division segunda de auestro Dis MARIANA por consignar que se ban becho de las sagradas es. curso preliminar.) crituras diversas traducciones, que no están entre si acor des. Prueba con testimonios irrecusables que vienen muDe ponderibus et mensuris, tratado publicado en Toledo chas cosas en el texto hebreo que no ballamos en la version el año 1599.- Este libro corto, pero lleno de noticias, está de los Setenta, y muchas en esta version que no vienen en el destinado á dar a conocer los pesos antiguos y las medi texto hebreo. Aduce al mismo efecto una porcion de citas das, ya para áridos, ya para líquidos, ya para superficies. entresacadas de los escritos de los apóstoles y los evange. Da ante todo policia del as, de la libra, de la unza, del listas. Pregunta si bay algo en la Biblia escrito en sentido sezlario y del pie romanos, fija su valor. y los toma como humano, y se resuelve por la afirmativa, fundándose en lo puntos de partida para sus investigaciones. Se ocupa luego que han dicho los mismos autores de los libros sagrados. de los pesos hebreos, de los griegos, de los romanos y de Prueba que los códices bebreos han sido viciados antes y Jos toledanos de su tiempo. Sigue el mismo órden con res despues de la venida de Jesucristo, que la traduccion de pecto a las medidas, y acaba por dar reinte y dos tablas, la Biblia al caldeo está plagada de errores, que lo está la en que vienen comparados los pesos y medidas antiguas traducciov siriaca, que lo están todos los códices griegos, con los toledanos, tablas curiosisimas, que son de una que la Vulgata está sacada, parte de la version de san Jerógrande utilidad para esta clase de estudios. Habla tambien nimo, parte de otra traduccion latina que existia. Prepaalgo de las monedas de su tiempo, pero solo con relacion rado ya el terreno, entra en la cuestion y se decide por lo á la idea de peso. - No viene incluido en esta Coleccion que tantos otros teólogos de su tiempo, á saber, que la por no baberlo traducido sa autor al castellano. Vulgata no es de una autoridad irrecusable sino tratán dose de cuestiones capitales, de todo lo que se refiere a Los tratados quinto y sexto, De die mortis Christi y De la fe y á las costumbres; que contiene errores, y no se annis arabum, sou trabajos puramente históricos, dignos puede cerrar el campo á investigaciones que puedan de de ser conservados, el quinto por unas lablas que conpurarla y corregirla. Este tratado es notable por la valen prenden desde el primer año de nuestra era hasta el 1997, lia, erudicion y tacto con que está escrito. en que vienen comparados el año de Cristo, la letra domiEn su tercer tratado, De spectaculis, traducido por el pical, el aureo número, la epacta, el ciclo lunar, el ciclo mismo Mariana al castellano y publicado en esta coleccion, solar, la indiccion, el principio del año de los hebreos, la denuncia los escandalosos abusos del arte teatral en aque- | pascua de los judíos, la de los cristianos, la luna y la indilla época, y se declara contra ella, si bien ya al fin de su cacion de si es el año regular ó bisiesto; el sexto por las libro, haciéndose cargo de que no ha de lograr desterrarle tablas que comprenden hasta el año 1749, en que están de su patria, propone para su reforma una multitud de comparados el añc de la era del César, ei de Cristo y el medidas que han sido adoptadas en siglos posteriores, y de la Egira. algunas en nuestros mismos tiempos. Se hace cargo tam Sobre el tratado sétimo, De morte et immortalitate , el bien de la prostitucion, y al paso que reconoce la triste mas filosófico que ha salido de la pluma de MARIANA, nada necesidad de tolerarla, declama con sobrada justicia con tenemos que añadir á lo dicho en la division primera de tra el establecimiento de los lupanares y contra toda in nuestro Discurso preliminar, donde está expuesto y juztervencion oficial que pueda darle cierto carácter de legi-1 gado con detenimiento. Limidad y mas o menos directamente autorizarla. Este tra Escribió además MARIANA una multitud de informes, tado es digno de ser consultado por las noticias que da como consultor del Santo Oficio y del arzobispo de Toledo. acerca del teatro antiguo, y mas que todo por su teoria Entre ellos hemos escogido dos que hemos encontrado en sobre el placer de que nos hemos ocupado en la division la sala de manuscritos de la Biblioteca Nacional, informes primera de nuestro Discurso. que publicamos en esta Coleccion para dar una idea de la En el tratado cuarto, De monelae mutatione, que pu universalidad de conocimientos de MARIANA. blicamos en esta Coleccion, traducido por el mismo MA Publicamos por fin en esta Coleccion, que hemos proRIANA, trata este distinguido publicista con gran tacto eco curado sea lo mas completa posible, el tratado de las nómico la cuestion de si pueden ó no los principes hacer enfermedades de la Compania, obra que tenia manuscrita alteraciones en la moneda, dándola un valor legal mayor su autor, y tal vez sin intencion de publicarla mientras vique el intrinseco unido á los gastos de acuñacion. Se de viese, cuando se reconocieron sus papeles y le prendieron cide por la negativa, y es muy de notar la energía y la por la atrevida publicacion de su libro sobre La moneda. lógica con que niega a los reyes la facultad de hacer se Este tratado revela la franqueza, la independencia de camejantes alteraciones.-(Véase sobre su manera de tratar rácter y el aventajado juicio de nuestro autor, que no vaesta cuestion la exposicion y juicio crílico que llevamos cilaba en revelar los males orgánicos de la Compañía de hechos en la division segunda de nuestro Discurso.) Jesus en el mismo siglo en que habia sido fundada. FIN DE LAS OBRAS DEL PADRE JUAN DE MARIAZA, INDICE. 8 - . HISTORIA GENERAL DE ESPAÑA. (Continúa.) Pag. 1 3 11 13 18 20 21 24 25 27 30 32 34 36 37 40 y Portugal.... 43 45 46 48 50 51 53 58 60 61 Pag. 66 67 id. 73 77 80 Cap. xvi. — Cómo don Alvaro de Luna volvió a palacio. . 85 90 93 95 97 99 102 104 105 10G ... 108 109 111 113 114 118 119 121 123 124 126 tilla.. |