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cisco Montejo, disponiendo, además, que en todas las capitulaciones que se celebrasen en adelante, se insertase una copia de las mencionadas Ordenanzas (26). No hay duda, por lo tanto, de que en la Capitulación celebrada por Pizarro con la Reina doña Juana el 26 de Julio de 1529 para la conquista del Perú (27), la alusión a ordenanzas y instrucciones que para esto tenemos hechas», se refiere en primer lugar a las Ordenanzas de 1526. Corresponde también a estas últimas el punto de capitulación según el cual Pizarro debía llevar consigo las personas religiosas o eclesiásticas que le serían señaladas, a cuyo parecer debía atenerse en todos los asuntos de la conquista. El hecho de que se prometiese a Pizarro el que pudiese hacer, incondicionalmente, la encomienda de los indios del Perú, significa, sinembargo, una discordancia de los privilegios proclamados en las Ordenanzas. Probablemente se debe esta a la circunstancia de que Pizarro insistiera en la encomienda incondicional, en el interés de sus compañeros de conquista. En cuanto a la otra promesa hecha a Pizarro, de adjudicarse a él mismo una parte de la población del Perú, a título de vasallos, no se trataba de asunto sustancialmente diferente de la encomienda.

La adjudicación provisional de sus vasallos a Pizarro se efectuó en la misma forma en que se repartieron a los otros conquistadores las encomiendas (28).

Las definitivas resoluciones del gobierno sobre el asunto de las encomiendas las debía recibir Pizarro, según la Capitulación, en despachos posteriores, mandados en forma de carta. Con la misma ocasión le debían ser remitidas las nuevas instrucciones «que se hicieren» para asuntos coloniales. Efectivamente, llegaron instrucciones respectivas varias veces a manos de Pizarro, después de su entrada en el Perú. Las advertencias que en aquéllas encontramos, son de gran importancia, porque revelan las verdaderas intenciones sostenidas por el Gobierno español con respecto a la condición de los indios del Perú. Se ordena claramente que los indios sean tratados como «personas libres», que se les impongan solamente servicios como existían también en España para los súbditos del rey. Estos servicios al soberano serían en concepto de «reconocimiento de señorío».

(26) Documentos inéditos, segunda serie, tomo IX, págs. 411.
(27) Libro primero de los Cabildos de Lima, tomo !, pág. 95.
(28) Ib. Idem, págs. 7-14

En cuanto a las encomiendas, el goce de los tributos otorgados por el Gobierno a los encomenderos, no podía recaer en las provincias puestas directamente, o mejor dicho, encomendadas en la Corona. No podría sin embargo depender del arbitrio de los encomenderos qué tributos eran los que recibían. Antes de hacer el reparto definitivo de los indios, debía Pizarro visitar los pueblos, enterándose de las condiciones de estos detalladamente, y hacer la tasación de los tributos. Podían figurar en la lista de estos, sólo cosas que tuvieren los indios en sus tierras o que produjesen, y éstas en calidad moderada.

Las instrucciones a las que nos referimos, fueron trasmitidas a Pizarro por Rodrigo de Mazuelas (en 1534), por el obispo de Tierra Firme fray Tomás de Berlanga (en 1535) y por el obispo del Cusco Fray Vicente Valverde (en 1536 y 1537). Del contenido de las mandadas primeramente con Mazuelas, tenemos conocimiento sólo por referencias que hallamos en otros documentos (29) coetáneos; las traídas por Berlanga conocemos en parte por las intervención de ese prelado en las diferencias entre Pizarro y Almagro; pero de aquellas cuyo portador fué el obispo Valverde poseemos el texto completo. Mazuelas, que se encontró con Pizarro en Jauja en Mayo de 1534, trajo para el conquistador la autorización real para repartir los indios entre los conquistadores, pero sólo después de una prolija visita de los pueblos que debía encomendar, y de haber practicado antes la tasa de los tributos que debían pagar los indios. Las medidas tomadas al respecto, debían obtener la aprobación del Gobierno. A pesar de que Pizarro en aquel momento no podía cumplir la orden del rey, continuó haciendo, por exigencias de sus compañeros, el reparto que ya tenía comenzado, pero dándole el carácter de provisional, repartió los indios, no en calidad de «encomienda, sino de depósito» (30). Cuando negociaba, en Diciembre de 1536, con el obispo Berlanga, no había hecho todavía la visita de los pueblos (31). La misión de Berlanga consistía, aparte de traer nuevas instrucciones, en que se informase sobre la manera en que se

(29) Colección de libros y Documentos para la Historia del Perú, por Urteaga y Romero, tomo V, pág. 26.-Id. Idem, pág. 182 Libro Primero de los Cabildos de Lima, tomo III, págs, 5, 11. 12, 13 y 46.

(30) Idem, pág. 70 y 82.

(31) Torres de Mendoza, tomo XXIII, pág. 446. Libro de Cabildos, tomo III pág. 85.

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había hecho el reparto. Si encontraba excesos«, debía negociar al respecto con Pizarro. Particularmente debía insistir el religioso en que se hiciera la tasa de los tributos. En las instrucciones que se dieron a Valverde en 1536 encontramos datos importantes (32). Fué éste uno de los religiosos que habían acompañado a Pizarro al Perú y que regresó a España después de la ocupación del Cusco por los conquistadores, por haber sido propuesto al rey como obispo de aquella ciudad. El rey, que accedió a tal solicitud, entregó al Padre Valverde antes de su partida de vuelta para América, las mencionadas instrucciones (Julio de 1536). Según estas, debía cuidar Valverde de que se cumpliesen las órdenes trasmitidas anteriormente por conducto de Berlanga. Se le ordenó igualmente llevar a cabo una información exacta acerca de todos los detalles del reparto hecho por Pizarro; y sobre todo, debía averiguar si el Marqués había tratado a todos los conquistadores con igual imparcialidad y si en los servicios impuestos a los indios no había habido "excesos". Si tuviese observaciones que hacer al respecto, debía platicar con el Conquistador para que se adoptasen las reformas convenientes. Con respecto a los servicios de indios, la instrucción dice textualmente: Sabéis los indios son libres y como tales ha sido y es siempre mi voluntad que sean tratados, y que solamente sirvan en aquellas cosas y de la manera que nos sirven en estos nuestros reinos nuestros vasallos. Tanto sobre el reparto original hecho por Pizarro como sobre las reformas implantadas en seguida, debía enviar al Consejo de Indias una relación firmada por él y por Pizarro. En esta relación debía exponer extensamente los resultados de su investigación sobre los tributos establecidos.

Ya antes de que pudiese Valverde cumplir con su misión por las demoras de su viaje, se despacharon por el mencionado Consejo nuevas instrucciones para el gobierno del Perú (Diciembre de 1537) (33), con motivo de ciertas informaciones llegadas a la Corte, según las cuales los encomenderos trataban arbitrariamente a los indios, tomándoles por la falta de una tasa justa, tributos excesivos. En estas nuevas instrucciones dirigidas a la vez al Gobernador y al Obispo, se ordenaba a

(32) Mendoza, tomo XVIII, págs. 171 y ss.

(33) Instrucciones dadas a Vaca de Castro, en Mendoza, tomo XXIII, págs. 468 y s. - Libro de los Cabildos, tomo II, pág. 172.

ambos el realizar inmediatamente la visita de los pueblos, y hacer, de conformidad con las informaciones que obtuviesen, la tasa de los tributos que debían pagar los indios. Debían estudiar, además, la antigua manera de tributar de los naturales verificando lo que antiguamente solían pagar a sus caciques. y a las personas que los señoreaban para formarse un concepto claro de la condición de los indios y su capacidad para tributar». Solo podían figurar en la lista de la tasa de los tributos cosas que ellos tienen o crían, o nacen en sus tierras y comarcas». Al mismo tiempo que se comunicaron estas instrucciones a Pizarro, se dió a los encomenderos del Perú el privilegio de poder gozar de las encomiendas por tiempo de dos vidas. La razón que indujo al Gobierno español a conceder tal derecho, era principalmente la reflexión que con esta ventaja, los encomenderos se animarían a establecerse perpetuamente en la colonia, contentándose con tributos moderados, pero continuos.

No es este el lugar para analizar las causas que impidieron que Pizarro hiciese la tasa de los tributos; y diremos únicamente que durante todo el tiempo que el Marqués gobernó el Perú, la tasa no llegó a efectuarse. Hasta las últimas adjudicación de indios a españoles concedidas por Pizarro en el año de su muerte, se hicieron solamente en calidad de depósito», quedando reservada la adjudicación definitiva para el repartimiento general. En cuanto a las obligaciones de los indios de repartimiento, Pizarro se contentó con ordenar que los encomenderos se sirviesen de los indios de conformidad con los mandatos y Ordenanzas reales.

El sucesor de Pizarro, Vaca de Castro, tampoco logró llevar a cabo la tasa de los tributos en el Perú (34). La primera tasa de tributos en el Perú fué llevada a cabo por el Licenciado

Gasca, en 1548, sin que se hubiese podido considerar

satisfactoria.

DR. ERICH ZURKALOWSKI.

(34) Esto se deduce de sus cédulas de encomiendas, en las que no hace mención de tributos tasados, como también lo prueban las palabras de Ondegardo y del Licenciado Santillán, los que aseguran que fué Gasca quien hizo la primera tasa.

Por qué Cristóbal Colón pasó a España

CRITICA DE LOS ACONTECIMIENTOS QUE PRECEDIERON AL DESCUBRIMIENTO DEL NUEVO MUNDO

Cristóbal Colón pasó a España hacia al año de 1472 para no volver ya a su patria, sencillamente porque Andalucía y Sevilla fueron por entonces una suerte de ensanche marítimo y mercantil del genovesado y de Génova; sin que tuviesen que ver con su determinación proyectos de descubrimientos de nuevas tierras, que no tuvieron por qué haberse formado en su mente en aquella temprana época de su vida de marino.

La idea que dió por resultado el descubrimiento del Nuevo Mundo brotó, años más tarde, en tierras de Portugal, las Azores, o España; en cualquier parte menos en Génova.

Yendo a España, el futuro descubridor recorrió sin mayor preocupación sin que su «sino» hubiese cobrado alas, como alguna vez se expresó Castelar un camino que antes que él habían recorrido centenares de maestres de galeotas, cocas, fustas y jabeques genoveses, y que otros centenares recorrerían en lo sucesivo, atentos únicamente a las contingencias de su negocio de gente de mar.

Queremos decir que Cristóbal Colón, hombre de mar, fué a España, sin mayor pretensión inmedi ata que mandar una

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