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seco, consejero real, que llegó á ser dignidad de prior y canónigo de Sevilla, obispo de Astorga, Badajoz, Cartagena y Segovia, y embaxador á Roma; y por fiscal á Juan Lopez del Barco, capellan de honor de la reyna.

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Las circunstancias de los dos primeros inquisidores indican que fueron elegidos à devocion del rey como aragones; y las del asesor ά gusto de la reyna; pues ya que cedia mas que le dictaba su voluntad, quiso sujetar los primeros inquisidores al dictámen de un asesor, de su satisfaccion, porque se habria informado de que los de Aragon solo tenian consultores y no seguian siempre su opinion

Mandaron á los tres electos comenzar el exercicio de la Inquisicion en el arzobispado de Sevilla y obispado de Cádiz, porque se supuso que

alli era mayor la necesidad; y en 9 de octubre libraron provision Real en dicha ciudad de Medina, mandando á los gobernadores y justicias de los pueblos de tránsito que diesen á los tres citados alojamientos y bagages.

Encontraron los inquisidores algun obstáculo para comenzar su mi nisterio, y fue necesario que los re yes expidieran en Medina dia 27 de diciembre nueva provision para que el asistente y demas autoridades les prestasen ausilio en Sevilla. Pero esto no obstante temiendo ser presos muchos cristianos nuevos judaizantes huyeron de la ciudad á los pueblos de jurisdiccion de señorío. (Pár rafos 1.o hasta el 30 del cap. 2. 2.o del tom. 1.o de los Anales.}

COMENTARIO.

El presente capítulo y los dos siguientes son de la mayor importancia, aunque al parecer no tengan conexion alguna con el objeto principal de la obra, Así no estrañen mis lectores que haya copiado todos los párrafos y razones que pone Llorente sobre el caso de que vamos á tratar. Porque en los capítulos anteriores se refuta su obra, no seguidamente ni por casos particulares, sino por principios en virtud de las proposiciones que él sienta en los párrafos que se glosan y comentan. Y para este fin qualquiera conocerá que basta hacerse cargo solamente de los mismos párrafos y proposiciones; lo qual no se verifica en este y los dos siguientes capítulos, en

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que es preciso convencerle no por principios, sino por otras razones históricas y autoridades mas concluyentes que las que él pone. Y por esto he juzgado insertar los párrafos seguidos y alusivos al intento, para dar una prueba clara de la buena fe con que escribo, y tan diversa del modo con que él procedió. Todos me parece estarán convencidos de que yo he procurado escribir con la posible imparcialidad; y así creerán que si mas documentos y razones hubiera puesto Llorente para probar su intento, mas pondria yo aquí, ó de ellos me haria cargo.

La averiguacion de estos dos puntos: "Sobre si la reyna Católica quiso ó no la Inquisicion por sí sola y sin deferencia á su marido; y si fueron gustosos de ella el cardenal Mendoza y los Caste

Hlanos e es tanto mas necesaria para el complemento de esta obra, quanto Llorente se empeña en sostener lo contrario á brazo partido, segun se ve por sus textos. Y así como que cifra su gran talento y saber en descubrir un secreto hasta ahora ignorado de los hombres mas grandes de la nacion, y cree dar un golpe mortal á la Inquisicion de España, poniéndola por esté medio en descrédito para con sus naturales y los estrangeros.

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Yzávla verdad que si fuesen eiertos los hechos que sienta y fundadas sus conjeturas, siempre reşultaria un no sé qué de descon fianzabóraversion hacia el tribunal de Inquisicion, por solo saber que una reynac tan sabia, virtuosa y política combi fue Isabel la Cató lica; y que un hombre tan sabio como el cardenal Mendoza, no ha

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