Código de comercio español vigente en la península é islas de Cuba y Puerto Rico

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Viuda de Hernando y compañía, 1887 - 927 páginas

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Pasajes populares

Página 468 - Si el portador de la letra protestada dirigiere su acción contra el aceptante antes que contra el librador y endosantes, hará notificar á todos ellos el protesto por medio de notario público, dentro de los plazos señalados en la sección quinta de este...
Página 853 - DON ALFONSO XII, por la gracia de Dios REY constitucional de España. A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: ARTÍCULO ÚNICO. Se autoriza al Ministro de Gracia y Justicia para que publique como Ley el adjunto proyecto de Código de Comercio.
Página 557 - El capitán, bajo su responsabilidad personal, así que. llegue al puerto de su destino, obtenga el permiso necesario de las oficinas de sanidad y aduanas y cumpla las demás formalidades que los reglamentos de la Administración exijan, hará entrega del cargamento, sin desfalco, á los consignatarios, y, en su caso, del buque, aparejos y fletes al naviero.
Página 758 - Los palos cortados, las velas, cables y demás aparejos del buque inutilizados con. el objeto de salvarlo, se apreciarán según el valor corriente, descontando una tercera parte por diferencia de nuevo á viejo. Esta rebaja no se hará en las anclas y cadenas.
Página 805 - La proposición de convenio se discutirá y pondrá á votación, formando resolución el voto de un número de acreedores que compongan la mitad y uno más de los concurrentes, siempre que su interés en la quiebra...
Página 537 - Hacer, antes de recibir carga, con los oficiales de la tripulación y dos peritos, si lo exigieren los cargadores y pasajeros, un reconocimiento del buque, para conocer si se halla estanco con el aparejo y máquinas en buen estado y con los pertrechos necesarios...
Página 564 - El hombre de mar contratado para servir en un buque, no podrá rescindir su empeño ni dejar de cumplirlo sino por impedimento legítimo que le hubiere sobrevenido. Tampoco podrá pasar del servicio de un buque al de otro sin obtener permiso escrito del capitán de aquél en que estuviere. Si, no habiendo obtenido esta licencia, el hombre de mar contratado en un buque se contratare en otro, será nulo el...
Página 348 - La designación de los efectos, con expresión de su calidad genérica, de su peso y de las marcas o signos exteriores de los bultos en que se contengan; V.
Página 813 - Los bienes parafernales que la mujer hubiere adquirido por título de herencia, legado ó donación, bien se hayan conservado en la forma que los recibió, bien se hayan subrogado ó invertido en otros, con tal que la inversión ó subrogación se haya inscrito en el Registro mercantil conforme á lo dispuesto en los artículos citados en el número anterior. 3.° Los bienes y efectos que el quebrado tuviere en depósito, administración, arrendamiento, alquiler ó usufructo.
Página 521 - Los acuerdos de la mayoría respecto á la reparación, equipo y avituallamiento del buque en el puerto de salida, obligarán á la minoría, á no ser que los socios en minoría renuncien á su participación, que deberán adquirir los demás copropietarios, previa tasación judicial del valor de la parte ó partes cedidas. También serán obligatorios para la minoría los acuerdos de la mayoría sobre disolución de la compañía y venta del buque.

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