Exposición sobre fronteras amazónicas de Colombia

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G. Forero Franco, 1905 - 186 páginas

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Página 93 - Ambas partes reconocen por límites de sus respectivos territorios, los mismos que tenían antes de su independencia, los antiguos virreinatos de Nueva Granada y el Perú...
Página 93 - ... aquellas cesiones de pequeños territorios que contribuyan a fijar la línea divisoria de una manera más natural, exacta y capaz de evitar competencias y disgustos entre las autoridades y habitantes de las fronteras.
Página 93 - A fin de obtener este último resultado a la mayor brevedad posible, se ha convenido y conviene aquí expresamente en que se nombrará y constituirá por ambos gobiernos una comisión compuesta de dos individuos por cada república, que recorra, rectifique y fije la línea divisoria conforme a lo estipulado en el artículo anterior.
Página 71 - Las Repúblicas de Venezuela y la Nueva Granada quedan desde este día reunidas en una sola bajo el título glorioso de República de Colombia: 2° — Su territorio será el que comprendían la antigua Capitanía General de Venezuela, y el Virreinato del nuevo Reino de Granada, abrazando una extensión de 115 mil leguas cuadradas, cuyos términos precisos se fijarán en mejores circunstancias...
Página 75 - La demarcación de los límites precisos que hayan de dividir los territorios de la república de Colombia y el estado del Perú, se arreglarán por un convenio particular después que el próximo congreso constituyente del Perú haya facultado al poder ejecutivo del mismo estado para arreglar este punto, y las diferencias que puedan ocurrir en esta materia, se terminarán por los medios conciliatorios y de paz propios de dos naciones hermanas y confederadas.
Página 72 - El territorio de la República de Colombia será el comprendido dentro de los límites de la antigua Capitanía general de Venezuela, y el Virreinato y la Capitanía general del Nuevo Reino de Granada; pero la asignación de sus términos precisos queda reservada para tiempo más oportuno.
Página 48 - Asi mismo- he resuelto poner todos esos pueblos y misiones reunidas a cargo del Colegio Apostólico de Santa Rosa de Ocopa de ese Arzobispado, y que luego que les estén encomendadas las doctrinas de todos los pueblos que comprende la jurisdicción designada a la expresada Comandancia General y nuevo Obispado de misiones, que tengo determi.nado se erija...
Página 51 - Francisco, al Arzobispo de Lima y a los Obispos de Trujillo y Quito. Y de esta Cédula se tomará razón en la Contaduría General del referido mi Consejo y por los Ministros de mi real Hacienda, en las cajas de esa Ciudad de Lima. — Dada en Madrid a quince de Julio de mil ochocientos y dos. YO EL REY Por mandado del Rey Nuestro Señor. — SILVESTRE COLLAR.
Página 82 - Las partes contratantes se garantizan mutuamente la integridad de sus territorios, luego que, en virtud de las convenciones particulares que celebren entre sí, se hayan demarcado y fijado sus límites respectivos, cuya conservación se pondrá entonces bajo la protección de la Confederación.
Página 82 - Las partes contratantes se obligan y comprometen, solemnemente, a sostener y defender la integridad de sus territorios respectivos, oponiéndose eficazmente a los establecimientos que se intenten hacer en ellos, sin la correspondiente autorización y dependencia de los gobiernos a quienes corresponden en dominio y propiedad, ya emplear, al efecto, en común, sus fuerzas y recursos si fuere necesario.

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