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Alcabala subastada....................

Alcabala de contratos..........................

Imposiciones de censos i ca

pellanías.... Comisos.....

Suma....

65,014 gró rodearse de hombres de Estado cuya influe 28,236 cia aceptó de lleno desde que comprendió que le guiaban en un sentido conveniente a sus aspiraciones propias i al progreso nacional. No fué la cabeza de la direccion, fué el brazo clejido por su posicion social i por el predominio que en aquel tiempo debia naturalmente tener la espada del guerrero feliz.

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Mientras que la renta se encontraba en el estado que hemos descrito, no se habia echado todavía ninguna base para el fomento del crédito público. Las cantidades mandadas reconocer sobre el Tesoro durante la dominacion española, los donativos, los empréstitos forzosos, las exacciones de toda especie durante la guerra de emancipacion, los valores provenientes de secuestros, i aun los sueldos que se adeudaban a los funcionarios de toda clase, no habian sido ni reconocidos ni mucho menos pagados por el Tesoro Público; i el empréstito mismo de cinco millones levantado en 1822 en Inglaterra, i del cual se habia dado en préstamo al Perú más de millon i medio de pesos, no había sido atendido sino hasta el semestre correspondiente a setiembre de 1826, que vino a ser pagado en 1880.

Estaba, pucs, todo por crear: la lejislacion civil, la lejislacion administrativa, la lejislacion rentística, el crédito público, todo lo que es fundamental en la existencia i en la vida de un pueblo libre; i nos encontrábamos en el momento más decisivo de nuestra organizacion, ya que de las ideas que llegasen a predominar en la direccion superior, dependia por completo el porvenir del país.

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La época a que nos referimos ha sido dirijida. por algunos hombres de naturaleza superior, que han tenido sobre nuestra suerte futura una considerable influencia. Era la época en que figuraba como Presidente de la República el jeneral don Joaquin Prieto, i en que fueron sus principales ministros los señores Portales, Renjifo, Egaña i Tocornal, auxiliados por algunos otros que en aquella época llevaban a los consejos de Gobierno o la esperiencia desinteresada i pura de los antiguos actores en la independencia, o la inspiracion espontánea de la juventud naciente.

Ocupa el principal papel, por su posicion, el Presidente de aquella época. Jeneral feliz, gracias a los consejos de sus auxiliares, hombre que debió su fortuna en la guerra más a los consejos políticos que al esfuerzo militar del guerrero, lo

Viene en seguida-i le precedia de hecho-el Ministro que durante mayor tiempo le acompañó en los diez años de su adininistracion: Portales, el hombre del jenio i del carácter audaz, que sacrificó a la felicidad del país sus afecciones i su vida, i fué dominado por el espíritu patriótico. Lo avasalló siempre todo a su voluntad soberana; descubrió intelijencias que podian ilustrar la administracion; emprendió campañas memorables para sostener el predominio de la influencia chilena i la organizacion americana. Comprendió, de un modo admirable, las necesidades de la época en que fué llamado a gobernar, i tuvo la suerte de ser ayudado en sus vastos planes por hombres desinteresados, abnegados e intelijentes, que al servicio de su gloria pusieron otra gloria más modesta, ménos brillante, pero más útil que la suya misma.

Renjifo no era un carácter audaz, no era un hombre de letras, no era propiamente un economista, pero en la práctica diaria de sus negocios habia adquirido habilidad para manejar los públicos. En la ocupacion frecuente de escribir, lo hacia de un modo correcto i limpio; i en su hábito de pensar habia procurado elaborar sus ideas de tal modo, que de ordinario llevaba en sus me didas un plan concebido de antemano e inspirado siempre por sentimientos elevados.

Egaña llevó a los consejos de Gobierno la alta ilustracion jurídica, los conocimientos que dan los viajes, el estudio de la constitucion de diversos paises, i un espíritu celoso por tradicion i por inspiracion propia, de plantear las reformas judiciales que estimaba útiles.

Tocornal, en fin, llevó a los consejos de aquat Gobierno las ventajas de una posicion social acre ditada.

Cupo la direccion principal a Portales i Renjifo, siendo el primero el carácter audaz para la organizacion de vastos planes i de pesquisa de hombres útiles, i el último el estadista abnegado que sacrificaba todo a las inspiraciones de su ilustrada conciencia; i procuraron desde el primer momento echar bases tales, que no estuvieran sujetus a una amovilidad comun.

VI

«La obra es vasta i delicada; pero no carece. mos de auxilios que faciliten su ejecucion.»

En otra parte agregaba: «Por dificil que ello parezca, debemos mirarlo como indispensable. En ello consiste la revolucion. El Código Constitu

mente las buenas instituciones civiles, i es sin ellas un andamio inútil que el primer sacadimionto derribaria i cnya caida no moreceria llorarse.»

La administracion aquella hizo notables mejoras en variadas.matorias del órden administrativo. Frutos de sus tareas fuoron, entre otras, la orga-cional no tiene valor sino en cuanto apoye sólida, nizacion de la junta de vacuna por decreto de 11 de noviembre de 1830, la de la junta de beneficencia por decreto de 7 de abril de 1832, la organizacion de los ministerios por lei de 1o de febrero de 1887, la lei de privilejios esclusivos de 1810, la creacion de impuestos i recursos para las municipalidados, 00:no el ramo de carnes muertas por lei de 21 de julio de 1831, la ester son de la contribucion de soreno i alumbrado en 23 de octubre de 1885, el impuesto sobre minerales de cobre, de 30 de diciembre de 1840, i muchos otros.

VII

Pero aquellos espíritus metódicos i ordenados, viendo el vastísimo campo de las necesidades que estaban llamados a remediar, dobieron necesariamente contraer sus esfuerzos a las que reputaban principales, i organizar así las tareas de una administracion cuidadosa, dándole, desde el primer momento, tendencias marcadas que indicaron el rumbo de sus primordiales esfuerzos. Llamaron especialmente la atencion de ellos la necesidad de la reforma de la lejislacion civil i del sistema judicial, i la reforma en el órden económico, si bien la primera fué por entonces más jeneralmente sentida i confesada.

«En mi sentir-decia el presidente Prieto en su mensaje de 1.o de junio de 1884-nada es de tan alta i vital importancia al mantenimiento del órden público, a la respetabilidad i eficacia de las leyes, a la seguridad doméstica, á la difusion de los sanos principios morales-condicion nece saria para la salud i vigor de las instituciones republicanas como la reforma tantas veces recomendada de nuestra lejislacion civil i nuestro sistema de juicios. Creo que en esto no hago más que espresar el voto más ardiente i universal de las personas sensatas.

«No hai una parte de nuestro edificio social en que se haya dejado subsistir tan completamente los defectos i vicios de aquel sistema político que tuvo por objeto doblegarnos a la esclavitud; ninguno que ponga en mayor peligro nuestra conservacion como Estado independiente i libre; ninguno en que salte más a los ojos la necesidad de reforma.

Esta necesidad ora naturalmente tan sentid, que se encuentra manifesta la de nuevo en la mayor parte de sus mensajes al Congreso Nacio nal. Así, en el de 1830 se dijo: «La reforma de la lejislacion civil i criminal es otra obra que caminará a la par i en que, sin apartarnos de las reglas fundamentales que trasmitidas por una larga serie de jeneraciones, se han connaturalizado con nuestra organizacion para poner a nuestra lejis. lacion en armonía consigo misma i con nuestra forma de gobierno, i dándole la organizacion que le falta-hará más accesible su conocimiento i má3 fácil su aplicacion. »

Reconocióse tambien, como materia de mis ins dispensable estudio, la de los ramos de gobernacion i policía, ya que en gran parte lo existente era inadaptable al plan constitucional de la República. La Constitucion, en efecto, habia creado majistraturas i empleos cuyas funciones era prociso determinar. I como se decla mui bien, no podia volverse la vista a parte alguna sin notar los conflictos de los intereses privados entre si i con los públicos, i la necesidad de reglas para moderarlos i concertarlos. Fué natural entónces que entre las tendencias predominantes de la administracion, fuese la principal la de reforma de la lejislacion civil i administrativa, poniéndola en armonía con la nueva forma constitucional de la República, creando reglamentos para el ejercicio de las funciones i dictando leyes para las variadas materias que debian contemplarse en el órden i ritualidad de los juicios.

Así, la labor más importa: t de aquella administracion se encuentra en la reglamentacion de juicios ejecutivos, de implicancias, i recusaciones; de nulidades i de apelaciones, segun decreto de 5 de julio de 1833; de privilejios de pobreza, segun prescripcion de 24 de julio de 1834; de reconocimiento de documentos, por disposicion de 4 de abril de 1838; de tramitaciones en jeneral, segun varios preceptos; de vinculaciones, conforme a lei de 5 de setiembre de 1832; de conmutacion de penas, segun lei de 25 de octubre de 1887; de delitos, segun lei de 14 de marzo de 1837; i

en fin, sobre muchos otros ramos del órden gubernativo i judicial, acerca de los que se dictaron reglas que, aun cuando no sometidas todavía al réjimen estricto de un Código ordenado, hau continuado gobernando el país por largos años,

VIII

mejoras sablas i prudentes de nuestras institucio. nes, sin correr el riesgo a que espone la insensata manía de innovarlo todo,

«A dos clases puoden reducirse las providonoins que influyen favorablemente en el réjimen económico de un Estado: en la primera entran aquellas loyes que remueven los estorbos impeditivos de la industria, las que protejen la propiedad

produccion, i las que abren libres canales de salida al sobrante de los productos nacionales; en la segunda clase, deben colocarse las leyes que regulan con moderacion i discernimiento los impuestos; las que establecen el arreglo en las oficinas de Hacienda, i las que impiden, en fin, que se distraigan los caudales del Tesoro Público a otros objetos que los de estricta necesidad en el órdeu administrativo,D

A la voz que a esta tendencia primordial, aun-i su libre uso, las que disminuyen los costos de que subordinada a ella por la naturaleza misma de las necesidades públicas del tiempo, se dió una importancia mui marcada a la reforma económica, habia cabido al país la suerte de que los fundamentos de su organizacion en este dificil ramo fueran debidos al sano criterio del señor Renjifo, Habia llegado entonces la oportunidad de optar entre los dos sistemas principales que se presentan al espíritu quando se trata de fundar una organizacion cualquiera en el órden económico: el sistema de prohibicion i el del libre cambio. I ellos se presentaron naturalmente a los hombros de Estado de aquella época, amparados uno i otro con las recomendaciones i el prestijio que les atribuian sus sostenedores,

La direccion superior quiso, segun sus propias palabras, «cautelarse de los sistemas esclusivos i del espíritu de imitacion, que a pesar de ser tan dañoso a los pueblosa, tenia en aquel tiempo en Chile gran número de secuaces. Adoptó, en consecuencia, un plan de reforma que quedó «reducido a dos principios sencillos por su naturaleza, pero que exijian circunspeccion e intelijencia, al desenvolverlos gradualmente, para que no trastornasen la constitucion económica del Estado.» No se buscó reformas absolutas, i segun la esposicion misma del autor, el plan se limitó a remover las trabas perjudiciales a la industria en jeneral i a acrecentar a la vez los ingresos del Erario, D

Estos dos propósitos, indicados de un modo tan sencillo como exacto en la primera Memoria de Hacienda presentada a nuestro Congreso Nacional, no eran en los hombres de Estado de aquella época ideas a la lijera, sino principios meditados i correctos. En la nueva Memoria presentada al Congreso de 1835, se insiste en ellos. Para tener, decia el señor Renjifo, «un guia que asegure el acierto en tan delicada materia, conviene investigar cuál es la influencia que han ejercido las leves fundamentales de la República sobre la industria i riqueza territorial, porque subiendo despues de los efectos a las causas, hallaremos trazado el camino que conduce a las

I estas dos reglas, forman, sin duda, el conjunto de principios a que debe someterse la adminis tracion económica de todo Estado bien ordenado, Es inútil buscar fuera de ellas ninguna base de organizacion conveniente, i la dificultad está solo en investigar los elementos a que son estensivas i escluir de entre sus aplicaciones los que no son materia de la accion lejítima del Estado.

No serán otras tampoco las reglas a que obedezcamos en el desenvolvimiento de este estudio; nuestro trabajo primordial ha de consistir en jeneralizarlas a cuanto sea dable i arrancar del dominio de ellas los asuntos en que no deben tener aplicacion lejítima.

Emprendida la reforma bajo bases tan sensatas, quedó naturalmente implantado en Chile i en su organizacion económica el sistema del libre cambio. La base adoptada para la organizacion fué conveniente, i las medidas tomadas en consecuencia, si bien no fundamentales todavía, ni estensivas a las múltiples materias que podian abrazar, llevaban sin duda alguna en sí el espíritu científico i propendian al progreso económico. Uno de los primordiales objetos de la administracion de aquella época, en la esfera limitada que por entonces podia dar a su accion, i ya que no contaba en el país con elementos propios para la creacion de una industria floreciente, fué atraer el comercio estranjero i buscar en la internacion de productos de una industria más adelantada, las bases de un consumo barato i espedito para los productores nacionales, a la vez que abrirles salida para el cambio de sus artículos.

La creacion de almacenes francos de depósito en Valparaiso, debida a la lei de 23 de julio de

1832, que se puso en práctica el 1.o de julio de 1833, abrió a la internacion i al tránsito de los productos estranjeros un vasto mercado i creó al puerto de Valparaiso una preponderancia indudable sobre todos los demás de la costa del Pacifico. En esa lei se dió el término de tres años al depósito de morcaderías estranjeras en los almacenes fiscales, debiendo la mercadería pagar el 6% sobre su avalúo para renovacion de ese depósito i pudiendo ser estraida, sin más que el pago de almacenaje, a los mercados estranjeros o internarse en Chile para el consumo, previo el entero del derecho de internacion.

Para dar eficacia a estas medidas i atraer el comercio estranjero se habia construido ya, en 1835, dieziseis almacenes de propiedad fiscal i alquiladose otros veintisiete. Los resultados no se hicieron esperar, El comercio aumentó de un modo considerable. La provision de las clases consumidoras de Chile fué fácil i espedita, i el comercio de tráfico adquirió nuevas creces,

Junto con la lei de creacion de los almacenes de depósito de Valparaiso, se adoptaron muchas otras medidas tendentes a establecer las atribuciones i deberes de los funcionarios de Hacienda, a fijar sus responsabilidades, a tomar garantías contra sus malos procedimientos, a crear algunas basos de contabilidad más ordenada i, en jeneral, a desenvolver el réjimen de las oficinas de Hacienda,

Otra de las empresas importantes a que se dió una atencion mui principal, fué el establecimento del crédito público basado en el estudio de las deudas que afectaban al Erario Nacional, en la organizacion de esas mismas deudas i en los pasos preliminares que se dieron para continuar el pago de dividendos del empréstito esterior.

La deuda interior se componia en aquel tiempo (en su lugar oportuno entraremos en más detalles) de los capitales reconocidos por el Tesoro Público ántes de la revolucion, de los contribuciones impuestas i secuestros decretados durante la guerra con España, de las reformas, descuentos, atrasos i créditos parciales, contraidos por el Gobierno hasta 1830 i, en fin, de otras diversas fuentes que habian creado derechos ordinariamente sujetos a litijio.

Para establecer en la deuda interior algun órden, se la dividió en consolidada, rejistrada i flotante, siguiendo en esto el espíritu de las diversas leyes que habian dispuesto el reconocimiento i rejistro, si bien no habian creado los medios suficientes para el pago,

Bajo la denominacion de deuda consolidada se comprendian los capitales reconocidos i que ganaban interes. Estas deudas eran de tres clases: del 6, del 4 i del 2%. Las deudas consolidadas del 6% provenian de los 600,000 pesos emitidos en billetes del orédito público para pagar la reforma militar, i de 15,300 pesos que el Congreso de plenipotenciarios en 1.o de julio de 1830 mandó que se reconociesen por motivos especiales. La deuda del 4% traia su orijen de la antigua consolidacion decretada por la Corte de Madrid sobre los capitales pertenecientes a manos muer, tas, i ascendia a 199,039 pesos. La deuda del 2 consistia en una sola partida de 125,350 pesos, percibida por el Fisco como producto de las ha ciendas Bajo i Espejo, reconocida a favor de hos◄ pitales.

La douda rejistrada en conformidad a resolu cion de 12 de julio de 1827, importaba 1.118,289 pesos, no ganando interes ese capital,

La deuda flotante, que se pagaba ordinariamente en aquolla fecha en cantidad de 200,000 pesos por año, estaba más o menos corriente en cuanto podia satisfacerse con esa suma; i, calcu lada en su totalidad, subia a un millon o nove. cientos mil pesos,

Siempre con el propósito de crear el verdadero crédito público con el pago de las obligaciones que afectaban al Estado, se procedió a consolidar tanto la deuda rejistrada como la flotante, exi jiéndose a los tenedores de las obligaciones contra el Estado la entrega de una cantidad mayor para reconocer el nuevo préstamo i el crédito an tiguo.

Produjo esta medida, aceptada jeneralmente, el resultado de disminuir los gastos anuales de la deuda interior a una cantidad próxima a cien mil pesos por intereses i amortizacion, a la vez que se desempeñó la palabra del país, sériamente com prometida antes por la falta de cumplimiento de las obligaciones pendientes.

Grande empeño se hizo, aunque infructuoso, para llegar tambien a crear los medios de pagar los compromisos que la República tenia contraidos en el estranjero. Se acreditó al efecto un ajente en Europa, con el fin de arreglar el antiguo atraso. I en el interior se hicieron valiosas economías para crear nuevos recursos. Si bien este pago de las antiguas obligaciones estranjeras no pudo principiarse de nuevo sino pasada la época que estamos estudiando, no es ménos cierto que los trabajos ejecutados con ese fin merecen un especial recuerdo, ahora sobre todo, que, sobre presu

puestos casi desmedidos para un Estado como el causa verdadera admiracion la grandeza de los nuestro, se estudia el ramo de las economías,

Ocurrióse tambien entónces a esa medida-i no es malo trascribir aquí las palabras empleadas por el señor Renjifo en su Memoria de 1834, que revelan el pensamiento de aquella administracion, «No domos, sin embargo, decia, demasiada estension a esta lisonjera esperanza, ni confiados en lo que despues tendremos, subrogue una prodigalidad imprudente a la severa economía, que debe ser la primera regla de nuestras operaciones. Mientras quede un solo acreedor cuyos derechos no pudieren atenderse, a ellos os a quienes se usurpa la parte de las rentas públicas que se espende en pensiones de gracia a título de conmiseracion. Olvidase que ántes de mostrarnos compasivos necesitamos ser pundonorosos i justos. Ciérrese, pues, de una vez, la puerta a las solicitudes que el interes particular promueve, i resérvese toda recompensa pecuniaria de servicios comunes prestados al país-si os que alguna merecen-para cuando nuestra situacion haya mejorado, para cuando el honor nacional se desempeñe i quede sin mancilla, para cuando los acreedores del Estado no puedan elevar quejas justas contra la dispensacion de esas gracias que defraudan sus lejítimos derechos.»

resultados obtenidos con los escasos medios que se emplearon. I es agradable volver la mirada a esos tiempos para observar la sencillez de los rocursos que esa administracion apeló en un movimiento tan importante como la guerra con la Confederacion Perú-Boliviana.

Muerto el hábil Ministro que habia iniciado aquella espedicion en 1837, el país hizo todavía el enorme sacrificio de enviar la primera espedicion, que volvió casi intacta a nuestras playas, i pudo más tarde enviar seis mil soldados, quo aumentaron el prestijio de nuestras armas en la victoria de Yungai i en todas las operaciones de esa gloriosa guerra, con recursos i medidas que casi harian reir a nuestra actual jeneracion,

El primer medio estraordinario a que se ocur rió fué un empréstito de 400,000 pesos, en accio nes de a 500 pesos cada una, con interes de 4%, que debian colocarse por suscricion popular. Fué reducido despues a 200,000, i en realidad solo se colocaron 150,000 pesos, habiéndose amortizado ya al fin de la guerra, la cuarta parte del importo

total,

Se adoptó tambien (1) el arbitrio de pedir a Algunas modificaciones importantes en el ór-los acreedores del Estado, para consolidar la deada que a favor de ellos se habia reconocido, un 10% sobre el monto de sus créditos, lo que produjo 144,740 pesos.

den del impuesto fueron asimismo parte de las medidas adoptadas por aquella administracion. La alcabala llamada del viento, el cabezon i el impuesto de licores, que entorpecian la libre circulacion de los productos en el interior, se convirtieron en el catastro, contribucion que ha dado la base del posterior tributo sobre la propiedad territorial. Más tarde se suprimió tambien la alcabala en el comercio de cabotaje; se dividió la moneda para facilitar las transacciones menudas, i se propendió con los recursos escasos de aquella época al libre desenvolvimiento de la industria nacional.

Las Aduanas interiores fueron traslladas a los puertos. La minería tuvo un vuelo considerable, llegando la produccion de 1834 a 165,000 marcos, en vez de 23,500 que era la produccion ordinaria durante la colonia.

Sobre todo, se debe reconocer que la reorganizacion económica se habia iniciado bajo la base racional del libre cambio.

IX

Aun en los acontecimientos militares que ocur rieron durante la administracion que estudiamos,

I por último, se concedió a los deudores fiscales constituidos en mora, la reduccion del interes a un 5% anual si cubrian sus créditos en el plazo que se les designó.

Con estos recursos estraordinarios, unidos a la suma de 218,993 pesos que quedó en 1886 i la entrada ordinaria de 1837, se formó la cantidad de 2.751,456 pesos uno i tres octavos reales. Esta cantidad bastó para llenar las necesidades ordinarias i estraordinarias del servicio de Hacienda, quedando todavía para 1838 la suma de 226,352 pesos siete tres octavo reales, cantidad que anotamos hasta en sus menores detalles porque el Ministro del ramo en aquella época, con una alegría espontánea i sincera, encontraba que el ingreso habia sido todavía demasiado injente.

El presupuesto de la gloria no costó en el interior sacrificios de ningun jénero.

(1) Además de los recursos indicados aquí, con posterioridad se recibió un préstamo de 50,548 $ del ramo de fábrica de algunas iglesias de Concepcion i de particulares.

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