La controversia del petróleoImprenta politécnica, 1921 - 621 páginas |
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... fundamental y exquisita del motor de combustión in- terna , hasta la no remota asimilación que como especie alimenticia pue- da tener una vez que se logre la ya a menudo intentada síntesis de la grasa animal , derivada de los ...
... fundamental y exquisita del motor de combustión in- terna , hasta la no remota asimilación que como especie alimenticia pue- da tener una vez que se logre la ya a menudo intentada síntesis de la grasa animal , derivada de los ...
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... fundamental y con- temporáneo de la propiedad particular . 11. De este modo la usucapión , el trabajo , la creación y expansión de los intereses particulares aplicados al suelo- poseído y consagrado por los afanes y sudores de ...
... fundamental y con- temporáneo de la propiedad particular . 11. De este modo la usucapión , el trabajo , la creación y expansión de los intereses particulares aplicados al suelo- poseído y consagrado por los afanes y sudores de ...
Página 46
... fundamental del derecho con- suetudinario : feudo y justicia no tienen nada de común . Montesquieu sostiene que feudo y justicia no tuvieron naturaleza distinta jamás ; puesto que la justicia fue propiamente un atributo del feudo . ( 4 ) ...
... fundamental del derecho con- suetudinario : feudo y justicia no tienen nada de común . Montesquieu sostiene que feudo y justicia no tuvieron naturaleza distinta jamás ; puesto que la justicia fue propiamente un atributo del feudo . ( 4 ) ...
Página 49
... fundamental de su ser . Cuando la dominación romana desapareció , el gobierno de los re- yes bárbaros no hizo cambiar en mucho la condición de los pueblos ven- cidos . El poseedor del suelo , sin embargo , no siempre dejó de ser pro ...
... fundamental de su ser . Cuando la dominación romana desapareció , el gobierno de los re- yes bárbaros no hizo cambiar en mucho la condición de los pueblos ven- cidos . El poseedor del suelo , sin embargo , no siempre dejó de ser pro ...
Página 54
... fundamental de aboli- ción del régimen feudal , de las justicias señoriales , de los diezmos , de los privilegios , de la pluralidad de beneficios , etc. , etc. El artículo 1.o de esta memorable Ley , declara : 27. " Artículo 1. ° -La ...
... fundamental de aboli- ción del régimen feudal , de las justicias señoriales , de los diezmos , de los privilegios , de la pluralidad de beneficios , etc. , etc. El artículo 1.o de esta memorable Ley , declara : 27. " Artículo 1. ° -La ...
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Términos y frases comunes
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Pasajes populares
Página 132 - La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, para hacer una distribución equitativa de la riqueza pública y para cuidar de su conservación.
Página 134 - Los obispados, casas cúrales, seminarios, asilos o colegios de asociaciones religiosas, conventos o cualquier otro edificio que hubiere sido construido o destinado a la administración, propaganda o enseñanza de un culto religioso, pasarán desde luego, de pleno derecho, al dominio directo de la Nación, para destinarse exclusivamente a los servicios públicos de la Federación o de los Estados en sus respectivas jurisdicciones.
Página 134 - El Estado podrá conceder el mismo derecho a los extranjeros, siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes y en no invocar, por lo mismo, la protección de sus Gobiernos, por lo que se refiere a aquéllos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder en beneficio de la Nación, los bienes que hubieren adquirido en virtud del mismo.
Página 137 - El ejercicio de las acciones que corresponden a la Nación, por virtud de las disposiciones del presente artículo, se hará efectivo por el procedimiento judicial, pero dentro de este procedimiento y por orden de los tribunales correspondientes, que se dictará en el plazo máximo de un mes, las autoridades administrativas procederán desde luego a la ocupación, administración, remate o venta de las tierras o aguas de que se trate y todas sus accesiones, sin que en ningún caso pueda revocarse...
Página 197 - Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todos los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal...
Página 135 - VI. Los condueñazgos, rancherías, pueblos, congregaciones, tribus y demás corporaciones de población que de hecho o por derecho guarden el estado comunal, tendrán capacidad para disfrutar en común las tierras, bosques y aguas que les pertenezcan o que se les hayan restituido o restituyeren...
Página 532 - En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible, y sólo podrán hacerse concesiones por el Gobierno Federal a los particulares o sociedades civiles o comerciales constituidas conforme a las leyes mexicanas, con la condición de que se establezcan trabajos regulares para la explotación de los elementos de que se trata y se cumpla con los requisitos que prevengan las leyes.
Página 556 - En los juicios del orden criminal queda -prohibido imponer, por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que -no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
Página 101 - La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley.
Página 137 - El Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados, en sus respectivas jurisdicciones, expedirán leyes para fijar la extensión máxima de la propiedad rural, y para llevar a cabo el fraccionamiento de los excedentes...