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sen á los acusados los nombres de los testigos en uso de la libertad concedida por el papa, y omitiesen incluir en las penas la confiscacion en las pocas causas que formarian supuesta la decadencia del zelo.

Por otra parte no hay duda que añadia la Inquisicion nueva los grados de rigor; porque las instrucciones acordadas en Sevilla privaban á los inquisidores de la facultad de manifestar los nombres de los testigos, suponiendo el peligro de muerte de estos en todos los casos y en quanto á la confiscacion no solo se imponia siempre aun al reconciliado, sino que se incluían en ella los bienes enagenados despues del dia en que se cometió el crímen de la heregía, cuya época debia designarse por declaracion expresa en la sentencia para revindicarlos del tercer poseedor; cosa muy terrible, y que necesitó varias aclaraciones para evitar que se multiplicasen los pleytos suscitados en el principio con este motivo.

En fin, los aragoneses no dexaron el resquicio menor de duda sobre que no querian recibir la Inquisicion reformada, pues lo resistieron en cuerpo y representacion de su reyno, y lo mismo

con corta diferencia vino á suceder en las otras provincias,

En la de Valencia fueron nombrados por inquisidores Fray Pedro de Epila, dominicano, y Martin Iñigo, presbítero secular. Anunciada la nueva Inquisicion en sermon que predicó Fray Pedro dia 7 de Noviembre de 84, y publicado el edicto de gracia con la conminacion de proceder contra los hereges y difamados, ó sospechosos despues del término, se alboroto la ciudad formando empeño de no admitir semejante tribunal.

Lo mas particular fué no haberse fomentado el tumulto por la plebe, ni por las familias hebreas, sino por la nobleza, que para las cortes forma una tercera parte del reyno de Valencia con el título de Estado militar. Duró la resistencia por espacio de tres meses, y hubiera permanecido mucho mas si el rey no interpusiera su autoridad. Concedió á los inquisidores su palacio real del Temple para establecer tribunal: pero es bien creible su inutilidad como no hubiese cambiado la opinion popular con el suceso de Zaragoza, que trascendió á Valencia (10).

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(10) Zurita : Anales de Aragon, tom. 4. lib. 20.

En Cataluña duró mas tiempo la resistencia. Hubo en la ciudad de Lérida un tumulto que no pudo apaciguarse sino cesando la empresa (1). En Barcelona el teson fué tal que quando la fuerza no bastó para la resistencia, se apelo á los privilegios pontificios que la ciudad y obispado decian tener de no reconocer por inquisidor suyo á ninguno que careciese de título especial para aquel distrito. La falta de amistad con Francia puso á nuestro rey Fernando en estado de ceder hasta que obtuvo del papa Inocencio Octavo un breve librado en seis de Febrero de 1487, por el qual ratificando y confirmando á Fray Tomas de Torquemada el título y facultades de inquisidor mayor y general de todos y cada uno de los dominios de la corona de Castilla y Aragon concedidas por Sixto Quarto su antecesor en diferentes breves, lo nombraba y ele

cap. 65. Echay, Apuntamiento de noticias de la Inquisicion, fol. 85, con referencia al lib. 13. de Cartas de Aragon del consejo de la Suprema, fol. 164. caj. I.

(11) Echay: Apuntamientos de noticias de la Inqui-. sicion, fol. 13 y siguientes, con referencia al lib. 1. de Cartas de Aragon, fol. 2. caj. 1. de Aragon.

gía tambien para inquisidor especial de la ciudad y obispado de Barcelona con facultad de nombrar substitutos, revocarlos y subrogar otros en su lugar (12), en cuya conseqüencia Torquemada nombró á 3 de Abril de dicho año de 87 por inquisidor de Barcelona á Martin Garcia, canónigo de Zaragoza, y Fray Alonso del Espino, prior del convento de dominicos de Huete. Dia 7 libró el rey su cédula auxîliatoria dirigida al infante Don Enrique su tio, virey de Cataluña, á los diputados del principado, y á los conselleres de Barcelona. Fray Alonso presentó los títulos y provision real en 6 de Junio á dichos señores, y en 7 al cabildo catedral. Dia 13 se anunció al público por pregones que asistiese á la catedral el dia 15 para oir el sermon de la fe, y el edicto de gracia, y presenciar la prestacion de juramento de auxîlio por las autoridades constituidas, con

(12) Lumbreras: Compilacion de breves, lib. 1. tit. 1. n. 5. El copiante erró el año señalando 1486. Se expidió á ocho de los idus de Febrero del año tercero del pontificado que corresponde á 87, porque los años del de Inocencio Octavo comenzaron en 29 de Agosto de 84.

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cuyos requisitos comenzó en Barcelona la nueva Inquisicion (13).

En Mallorca se manifestó la misma opinion, y no logró el rey que se admitiera la nueva Inquisicion hasta despues de admitida en Cataluña y Valencia. En 22 de Julio de 1487, Torquemada, estando en Cardona, privó de oficio de inquisidor á Fray Guillermo Caselles, que lo era de Mallorca en la forma antigua, sobre lo qual el rey libró provision en Málaga dia 27 de Julio (14); y nombró por inquisidores del nuevo método á los doctores Pedro Perez de Munebrega, y Sancho Marin (15).

En la isla de Cerdeña no se atrevió el rey á introducir la nueva Inquisicion hasta que ya era general en nuestra pe

(13) Anónimo de la Academia de la Historia: Origen de la Inquisicion, con referencia al libro de exemplares de Barcelona, entre los del consejo de la Suprema, fol. II.

(14) D. Antonio Fernandez de Córdoba: Anales de Mallorca, siglo XV. fol. 194, obra manuscrita que se halla en la biblioteca de la real Academia de la Historia.

(15) Córdoba en dichos anales: Mut. hist. de Mallorca, tom. 2. lib. 7. cap. 12.

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