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Santo Tomás, quien tenía poderes para organizarlos en un esfuerzo por comprar la incorporación.

La perpetuidad era temida en forma general por los moradores no encomenderos en todo el Virreynato del Perú 19. Sin embargo, no es sorprendente que la oposición organizada de estos moradores se centralizara en el Cuzco. El Cuzco, capital del que una vez fue el gran Imperio Incaico; era considerado por muchos españoles como la ciudad más importante de Las Indias. Los cálculos hechos en la segunda parte del siglo XVI atribuían al Cuzco una población consistente en 1,000 20 españoles varones mientras que el total de su población indígena era de 100,000 21. Aquí se encontraban las encomiendas más ricas del Perú. Un total de 80 encomenderos cobraban anualmente 350,000 pesos er tributos 22. Estos encomenderos dominaban también al Cabildo del Cuzco, y sólo en 1571 se permitió que un morador no encomendero ocupara un cargo en el Cabildo. La envidia de los pretendientes, el constante temor de levantamientos entre la población india, muy densa en la región, y la lucha de razas, dieron al Cuzco la reputación de ser el centro de la rebelión en el Perú. Fue por estas razones que en 1586 Fray Rodrigo de Loaíza recomendó que la residencia del Virrey del Perú fuera trasladada de Lima al Cuzco 23.

Apenas habían comenzado los procuradores de los encomenderos del Perú a llegar a Lima en el verano y el otoño de 1561, cuando los moradores no encomenderos, o el común, o gente plebeya del Cuzco se reunieron para escribir una carta a los comisarios. La perpetuidad, sostenían, no traería la paz sino la rebeldía, tanto de los pretendientes como de los encomenderos con afanes de independencia. Al exponer su completa dependencia en la mano de obra india para todas las actividades económicas, los no encomenderos arguyeron que la perpetuidad dejaría a los encomenderos un excesivo control de esa mano de obra. En efecto, aún sin la perpetuidad con jurisdicción, la movilidad de la mano de obra indígena estaba restringida por el encomendero. En la carta se sostenía que muchas veces los encomenderos negaban la mano de obra indígena a los mercaderes. La perpetuidad con jurisdicción traería a los encomenderos a los pueblos indios donde podrían impedir el comercio entre los

19 Carta de Francisco de Barrionuevo al Rey, 1o de Noviembre de 1564. (Archivo de Indias, Indiferente General 1530, páginas 200-201).

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22 Opinión del Lic. Ramírez de Cartagena sobre la Perpetuidad, sin fecha. (Archivo de Indias, Indiferente General 1530, pág. 306). Aparte de estadísticas de valor, la opinión de Ramírez, escrita en 1562 o 1563, nos proporciona una recapitulación sólida en la lucha por la perpetuidad en el Perú. Empleado por los comisarios para llevar documentos importantes sobre perpetuidad al Rey, el Lic. Ramírez estaba por lo tanto muy calificado para hacer dicha recapitulación.

23 Memorial de Fray Rodrigo Loaisa a Mateo Vásquez, 5 de Mayo de 1586. (Documentos inéditos de España, XCIV, 575).

no encomenderos y los indios a fin de hacerse de esas utilidades 24. Por consiguiente, los mercaderes, los comerciantes y los agricultores, dependientes de la mano de obra y del mercado indígena, protestaban contra las injustas ventajas que adquirían los encomenderos en caso de otorgarse la perpetuidad con jurisdicción.

No todos los no encomenderos expusieron sus quejas por medios pacíficos. Temiendo que la perpetuidad significara el final de la concesión de encomiendas, dos grupos de pretendientes, dirigidas por Rodrigo Méndez y Pedro Avendaño, se amotinaron en el Cuzco 25. La situación se hizo tan amenazadora que los comisarios enviaron a González de Cuenca, Oidor de la Audiencia de Lima, a pacificar el Cuzco 26. Méndez y Avendaño fueron desterrados del Perú, pero sus levantamientos advirtieron, sin duda alguna, a los comisarios de las posibles consecuencias de un programa de perpetuidad que excluyera la promesa de futuras concesiones de encomiendas.

Los sucesos del Cuzco indican también el temor con que los caciques vieron la iniciación de las negociaciones sobre la perpetuidad. Una banda de agitadores había de explotar rápidamente los temores de los caciques. En 1561, un Licenciado Monzón que había perdido una mano por haber estado muy complicado en la rebeldía de Girón, Fernando Pacheco y un mestizo llamado Antonio Ruíz reunieron a los caciques en una junta. Les dijeron que si se otorgaba la perpetuidad se convertirían en esclavos y que los españoles confiscarían todas las tierras de indios. Después de convencer a los caciques de que sólo ellos podrían derrotar a la perpetuidad, la banda de Monzón huyó estafando 4,000 pesos de los indígenas 27.

En esta forma las negaciaciones entre los comisarios y los procuradores de los encomenderos, realizadas en Lima 1561, fueron iniciadas y llevadas a cabo teniendo como telón de fondo los encolerizados sermones del clero la protesta de los no encomenderos y la franca rebelión de los pretendientes. La fuente mas grande de controversia en estas negociaciones fue la cuestión de la jurisdicción. Los representantes del Cuzco fueron los primeros en exigir la plena jurisdicción civil y criminal tal como la que gozaba la nobleza feudal de Castilla, sujeta solamente a la

24 La carta de los moradores no encomenderos del Cuzco es descrita en la Opinión de Diego de Robles sobre la Perpetuidad, sin fecha (Archivo de Indias, Indiferente General 1624, pág. 574. Esta opinión, escrita alrededor de 1579, comienza con un largo y útil resumen de las diferentes posiciones sobre la perpetuidad. Poco se sabe de Diego de Robles, excepto que era un funcionario real en las Indias por más de veinte años y que fué Tesorero de Potosí. Sobre los moradores del Cuzco, ver también la opinión de Ramírez sobre la Perpetuidad, sin fecha. (Archivo de Indias, Indiferente General 1530, páginas 294-296).

25 Carta del Dr. Cuenca al Rey, 30 de Abril de 1563.

I, 298).

26 Documentos inéditos de España, XCIV, 319.

(Audiencia de Lima,

27 Carta del Dr. Cuenca al Rey, 30 de Abril de 1563. (Audiencia de Lima, I, 295-296).

jurisdicción suprema del Rey de España. Cuando los comisarios contestaron que no tenía poderes para ofrecer ninguna forma de jurisdicción, los representantes del Cuzco hicieron de ésta un requisito del pago. ¿Cómo podían convertirse en los protectores y benefactores de los indios si al no contar con la jurisdicción tendrían que residir a varias millas de las aldeas? 28. Después de muchas discusiones, los representantes del Cuzco y los comisarios llegaron a una transacción poniéndose de acuerdo en una perpetuidad con jurisdicción civil y criminal en segunda instancia 29. Después de resolverse el problema de la jurisdicción, los procuradores de cada ciudad hicieron las siguientes ofertas: 30

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La oferta total de 3'338,000 pesos constituyó una desilusión para los comisarios. Estaba ésta, por cierto, muy lejos de los 7'600,000 pesos ofrecidos por Antonio de Ribera en 1555. La oferta reflejaba tanto la debilitada condición financiera de los encomenderos del Perú, como grupo, y la poca voluntad de los encomenderos que no tenían herederos a comprar la perpetuidad.

Restaba todavía oir la opinión de los caciques. ¿Podían estos, como fue prometido por de las Casas y Santo Tomás, pagar una suma de 100,000 ducados más que la ofrecida por los encomenderos para la incorporación de las encomiendas a la corona?

El 21 de enero de 1562, poco después de la llegada de Domingo de Santo Tomás al Perú, varios de los principales caciques del Perú celebraron una junta en el pueblo de Manaques, en las cercanías de Lima. En esta reunión expresaron su hostilidad a la perpetuidad y su deseo de pagar la suma prometida por la reincorporación a la corona.

28 29

Archivo de Indias, Indiferente General 1530, páginas 409-410.

Carta del Conde de Nieva y los comisarios al Rey, 4 de Mayo de 1562. (Gobernantes del Perú. I, 398-399).

30 Ibid., página 399.

30a La conversión de ducados a pesos se ha hecho basándose en la información allegada por Clarence Haring, Trade and Navigation between Spain and the Indies under the Hapsburgs (Cambridge, 1918), pág. 165, No 2:

DUCADO-375 maravedíes

PESO DE ORO-450 maravedíes

Ver también, Rubén Vargas Ugarte, Historia del Perú-Virreinato, 1551-1660 (Buenos Aires, 1949), pág. 138.

Además, los caciques delegaron poder en los siguientes procuradores: Gerónimo de Loaysa, Arzobispo de Lima, Fray Francisco de Morales, Provincial Franciscano y Fray Domingo de Santo Tomás. Si estos no pudieran aceptar los nombramientos, las siguientes personas actuarían como sus procuradores: Fray Pedro de Cepeda, Prior del Monasterio Agustino del Cuzco, el "muy ilustre y reverendo" Fray Bartolomé de las Casas, Obispo de Chiapa, que se encontraba entonces en España, Bravo de Saravia, oidor de la Audiencia de Lima, Gil Ramírez Dávalos, antiguo corregidor de Quito y Cuzco, y Alonso Manuel de Anaya, residente en Lima.

Los procuradores en quienes depositaron su confianza los caciques son un índice de una ampliación en las filas de las fuerzas opuestas a la perpetuidad. Detrás del movimiento para comprar la incorporación a las corona, se había formado una coalición de caciques, clero y funcionarios humanitarios o realistas. Sostenían que era la incorporación y no la perpetuidad la que acrecentaría los ingresos de la Corona, y traería un trato humano, y una mejor adoctrinación de los indios, y la paz al Perú. Defendían la reincorporación de todas las encomiendas a la Corona y el pago de una pensión a los conquistadores, los pacificadores y sus descendientes. El tributo total de las encomiendas unido a la suma ofrecida por los caciques por la incorporación ayudaría a la Corona en sus dificultades. Una vez que los indios estuvieran dentro de la Corona, serían mejor tratados y se facilitaría su conversión a la fe por un clero que ya no dependería de los encomenderos sino de la Corona para recibir el diezmo. También se aseguraría la paz, porque el total de ingresos permitiría a la Corona mantener en la colonia una fuerza realista. Las pensiones disponibles se usarían para premiar a aquellos que sirvieran a la Corona y para aplacar a los pretendientes rebeldes 32.

Puesto que Domingo de Santo Tomás era un procurador de los caciques, los comisarios no deseaban poner en sus manos un poder absoluto para organizar las juntas de caciques. Los comisarios creían que a los indios se les había presentado una opinión parcializada de la perpetuidad y que debería enviarse un representante para contrarrestar la influencia que Santo Tomás pudiera tener sobre los indios. El 6 de febrero de 1562, los comisarios nombraron al Licenciado Juan Polo de Ondegardo, oidor de La Plata, como su representante para acompañar a Domingo de Santo Tomás en las juntas que se realizaran desde Lima

31 Archivo de Indias, Indiferente General 1530, pág. 615-643. 32 Opinión de Diego de Robles sobre la Perpetuidad, sin fecha. (Archivo de Indias, Indiferente General 1624, pp. 565 ff; Carta de Bravo de Saravia al Rey, 26 de Febrero de 1562. (Audiencia de Lima, I, 264-265). Dentro del clero algunos favorecían la incorporación y que se volviera a conceder las encomiendas a las órdenes religiosas sobre la base de que sólo ellas podrían emplear esas concesiones con el único propósito de convertir a los Indios. Ver Roberto Levellier, ed. Organización de la iglesia y órdenes religiosas en el virreinato del Perú en el siglo XVI (2 vols. Madrid 1919), I, pág. 48-51.

hasta La Plata 33. Las Juntas de caciques que se efectuaron en la zona menos importante de Lima hasta Quito serían supervisadas por Antonio Ramírez Vásquez, Tesorero de Charcas 34. Tanto el Licenciado Polo de Ondegardo como Ramírez explicarían que el objetivo del Rey no era esclavisar a los indios, como algunos les hacían creer, sino determinar lo que era mejor para ellos. Aún en el caso de que fueran concedidos a los encomenderos a perpetuidad, los indios no sufrirían daño alguno ya que el Rey corregiría todo intento de oprimirlos. Si los indios deseaban la incorporación, Polo y Ramírez tendrían que explicar que para aplicar esa medida sería necesario esperar el término del plazo de dos vidas para las encomiendas existentes. El Licenciado Polo y el Tesorero Ramírez harían uso de un escribano para dejar por escrito todas las declaraciones formales hechas por los caciques.

No se ha encontrado ninguna de las declaraciones formales hechas por los caciques, y algún investigador deligente con acceso a los archivos de España y América Latina, haría bien en buscar pruebas documentales que dieran luz sobre este importante aspecto de la lucha por la perpetuidad en el Perú. Sabemos que el Licenciado Polo hizo uso de su comisión para preparar un informe detallado sobre las prácticas, pasadas y presentes, de los caciques en materia de cobranza de impuestos, trabajo forzoso, jurisdicción y rituales religiosos, informe que ha llegado hasta nosotros y constituye una bendición para los estudiosos de la cultura indígena del Perú 35. Sin embargo, este informe nos dice muy poco acerca de la opinión de los caciques sobre la perpetuidad y la incorporación. Las comunicaciones de Domingo de Santo Tomás indican que el Licenciado Polo fue designado para presentar argumentos favorables a la perpetuidad en las juntas de caciques. No obstante, es necesario repetir que este aspecto de la lucha por la perpetuidad debería ser investigado.

En cartas de Domingo de Santo Tomás, escritas durante el viaje que realizó con el Licenciado Polo de Lima a La Plata, describe la hostilidad de los caciques hacia la perpetuidad y su deseo de pagar la suma prometida por la incorporación. En carta escrita al Rey desde Lima, el 14 de marzo de 1562, Domingo de Santo Tomás declara que en general los indios se oponían a la perpetuidad y que estaba seguro de que estarían dispuestos a pagar por la incorporación. Santo Tomás atacó también la flagrante corrupción del Conde de Nieva y los comisarios 36, hecho importante en la lucha por la perpetuidad y que será tratado más adelante en este análisis. Desde Huamanga, el 23 de marzo de 1562, Santo Tomás escribió a Manuel de Anaya que en dos juntas del distrito

33 Archivo de Indias, Indiferente General 1530, pág. 516-520. 34 Ibid., pág. 520.

35 El texto de esta relación se encuentra en Revista Histórica XIII (Lima, 1940), pág. 128-196.

36 Archivo Histórico Nacional. Cartas de Indias, caja 2, no 30 (contribución de Lewis Hanke).

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