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Las parcialidades adversas entraron en lucha abierta a raíz de que el Virrey publicó su famosa ordenanza de 20 de febrero de 1684, que fué considerada por el Arzobispo como un atentado contra la potestad eclesiástica y una intolerable intromisión de la autoridad civil en la jurisdicción pastoral. No corresponde a este lugar un estudio sobre esta controversia; únicamente señalaré que el Duque asegura que Peñalosa alentaba a Liñán y Cisneros en su defensa de la inmunidad y lo guiabą en el conflicto, contando ambos con el apoyo de don Alonso del Castillo, magistrado que era pariente de don Juan. En la discusión se echó mano de las armas literarias; el Arzobispo que, como tal, ya controlaba el púlpito, quiso sujetar también bajo su vigilancia la imprenta y para ello intimó a todos los impresores, bajo pena de censuras, que no imprimiesen nada sin su licencia. El Virrey, convencido de que esta maniobra era idea de Peñalosa, no dejó de insinuárselo (19).

El encuentro más serio entre el orgulloso Virrey y el soberbio Oidor es el que narro a continuación. Por asuntos oficiales Peñalosa dirigió una consulta al Duque. Al recibir la respuesta observó que el sobre no reunía los requisitos de estilo, ya que no rezaba “Al señor don Juan". Sabiendo por el membrete que el pliego era del Virrey, el altivo Oidor lo devolvió sin abrir diciendo "supiesen cómo se le había de escribir". El Duque se encolerizó por este desacato que le pareció no era para tolerado. Hizo llamar a don Juan al Acuerdo y allí, en presencia de todos los oidores, le dió una "áspera reprensión" y le dijo que si no estuviera ocupado por el Rey en la visita de las Cajas de Lima lo habría enviado a "visitar" las de Chile. El Virrey cobró tal animadversión a Peñalosa que se felicitaba de no tener que verlo en los acuerdos, pues el oidor estaba dispensado como vimos de asistir a ellos. Incluso estaba dispuesto a no permitir que concurriera cuando cesara el motivo de su excusa. Enorme mortificación le causaba el tener que ir a su lado en el coche cuando asistía con la Audiencia a los actos oficiales; el Oidor no tenía la urbanidad de preguntarle por su salud, lo cual irritaba sobremanera al Duque (20).

En febrero de 1685, el oidor más antiguo de Lima don Diego Cristobal Messía fué nombrado presidente de la Audiencia de Charcas. Quedó entonces como decano, por ser el siguiente en antigüedad, don Juan de Peñalosa, quien contaba a la sazón sesenta años y se hallaba con grandes energías (21).

19 Ibid.

20 Ibid.

21 El título de presidente de Charcas se le despachó a Messía el 12 de febrero de 1685 (Schaeffer, Ob. Cit. en la nota 6, tomo II, pág. 484 y 505). Sin embargo, con la natural demora en el envío de la cédula y los aprestos del viaje, no salió de la ciudad para su destino hasta el 17 de agosto de 1687 según noticia que trae Mugaburu: "Presidente de los Charcas. Salió desta ciudad para Presidente "de los Charcas el señor Don Diego Messia, Oidor y Presidente que fue desta "Real Audiencia, sabado diez y siete del dicho mes de Agosto, a las tres de la

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La rectitud inflexible de Peñalosa iba a dar otro disgusto al gobernante. Este había nombrado general de la Armada del Mar del Sur a su cuñado don Tomás Palavicino, siguiendo en ésto el ejemplo de otros virreyes que habían concedido el puesto a parientes cercanos. Cuando la Armada, en 1685, viajó a Panamá a llevar el tesoro del rey y de los particulares fué al mando de don Tomás. De regreso al Callao, correspondió a Peñalosa realizar la visita de inspección. El visitador no anduvo con contemplaciones y formuló diversos cargos contra los oficiales, sin exceptuar al general. Esto terminó de enfrentarlo al Duque -que no esperaba que un juez se atreviera a procesar al cuñado del virrey- y completó, si cabe, su enemistad. Peñalosa presentó un memorial en la corte pidiendo una ayuda de costas por los gastos que hizo en esta visita, para la cual tuvo que trasladarse a vivir en el vecino puerto del Callao. El Consejo no accedió de inmediato, remitiendo e! asunto para cuando se viesen los autos (22).

El fuerte genio de nuestro personaje lo indisponía con muchas gentes. En su actuación como magistrado de la Audiencia se mostraba duro con sus mismos compañeros de tribunal y con los abogados y funcionarios subalternos era rígido y cortante. El duque de la Palata asegura que su "condición" se había hecho "intolerable" (23). La persona que más encuentros tuvo con él fué el fiscal don Juan González de Santiago, quien llegó a asegurar que Peñalosa lo odiaba (24). A raíz de quedar éste como oidor decano le correspondió, por la misma razór., desempeñar el puesto de asesor del Tribunal de Cruzada del cual, por ley, era fiscal el más antiguo de la Audiencia, don Juan González de Santiago (25). Temoroso éste de que se ocasionasen nuevos altercados

"tarde, con toda su familia y su hija, que iba a casarse con el señor Alcalde de "Corte y actual Gobernador de Huancavelica don Juan Luis López, con muchísimo "acompañamiento".

"Ÿ esta misma tarde se fueron a descansar a San Juan, hacienda de los padres "de la Compañía de Jesús" (Mugaburu, Diario de Lima, Lima, 1918, pág. 183-184 del tomo II).

22 Memorial presentado el año 1689 en nombre de Peñalosa. El 2 de setiembre, el Consejo proveyó: "Llévese al fiscal y al tiempo de verse la visita acuérdese esta instancia" (A. G. de I., Lima, 27). Vid. Not, supl. 3.

23 Carta del duque de la Palata citada en la nota 14.

24 Carta de don Juan González de Santiago al Rey; de 17 de octubre de 1687 (A.G. de I., Lima, 174). Según González, tuvieron ambos diversos encuentros y disgustos con ocasión del ejercicio de su ministerio fiscal y Peñalosa lo trató con escasa o ninguna consideración. Vid. la representación o alegato de González de Santiago al Duque para excusarse de asistir al Tribunal de Cruzada, suscrito con fecha 27 de febrero de 1686 (A.G. de I., Lima, 174).

25 Por este cargo gozaba Peñalosa de 250 ps. ensayados al año, como "ayuda de costas". El fiscal percibía 202 pesos ensayados anuales (Nota de Manuel Moreyra en: Moreyra y Céspedes, Ob. Cit. en la nota 12, tomo I, Lima 1954, pág. 193).

La atribución del cargo de asesor del Tribunal de la Santa Cruzada al oidor más antiguo se establece en la ley 1 del título 20 del libro primero de la Recopilación de Indias, que recoge la real cédula de San Lorenzo, 16 de mayo de 1609. Dicha ley creó los Tribunales de Apelación de la jurisdicción de Cruzada en las ciudades de Indias que tuvieren Audiencia y estableció la composición del tribunal.

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con el Oidor pidió al Virrey, en febrero de 1686, lo excusase del cargo, renunciando al mismo tiempo la gratificación que por él percibía. Según dice el fiscal, tomó esta determinación cuando el canónigo don Diego de Salazar, que entró como comisario de Cruzada a la muerte del chantre don Melchor de Avendaño, se subordinó totalmente a Peñalosa y éste puso al fiscal "en más que provocación de lance" (26). El Virrey, con un pretexto, dió por excusado a González y nombró para la fiscalía de Cruzada al licenciado don Pedro Trexo, fiscal del crimen (27). También en la visita de las Cajas Reales tuvo sus dimes y diretes con don Juan González y éste, precavidamente, se quejó al Rey, temiendo que Peñalosa levantara algún cargo contra él (28).

En octubre de 1688 llegaron al Consejo de Indias las quejas del Duque y del Fiscal contra don Juan de Peñalosa. Cayeron en el vacío, pues el supremo organismo de la administración indiana proveyó un escueto "visto", equivalente a desdeñar las acusaciones. Los consejeros probablemente pensaron que del tenor de las mismas quejas se deducía la rectitud, honradez y celo de Peñalosa, ya que sus propios sindicadores no dirigían ni la más leve acusación contra su proceder como magistrado independiente y honesto; y que a cambio de tan estimables cualidades acreditadas también en otras muchas ocasiones- bien valía la pena tolerarle un poco de mal genio y algunas salidas de tono (29).

En 1689 tomó posesión del gobierno el nuevo virrey conde de la Monclova, con lo cual la posición delicada en que se encontraba Peñalosa mejoró notablemente, al menos por el momento. El nuevo virrey tenía también sus arrebatos de ira y era orgulloso como todos los de su clase, pero en mayor grado era prudente y conciliador. Sosegó por completo las alteraciones entre el poder civil y el eclesiástico, a base de concesiones al Arzobispo; la principal fué derogar la pragmática de 20 de febrero de 1684, fuente principal de la disputa.

Nuestro oidor, durante el gobierno del nuevo virrey, se mantuvo como ministro independiente, pero volvió a concurrir a los acuerdos gubernativos. El y su antiguo enemigo don Juan González de Santiago, que había ascendido a oidor, tenían fama de ser los magistrados menos influíbles por presiones políticas.

Es el momento de trazar su semblanza, esbozada en anteriores líneas. Tenía Peñalosa al entrar el conde de la Monclova en el virreinato 64 años y era un hombre en plena actividad. Su genio era seco e irritable; su criterio, intransigente. Como juez fué recto y conservó la independencia; como visitador, severo. No solía disimular sus ideas y

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26 Carta de Juan González de Santiago al Rey, citada en la nota 24. 27 Carta del duque de la Palata citada en la nota 14.

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Carta de Palata citada en la nota 14 y carta de Juan González de Santiago citada en la nota 24. En ambos documentos el proveído del Consejo, del 14 de agosto de 1688 y de octubre del mismo año, es "Visto".

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sentimientos (30) y era muy apegado a ellos. Don Juan González decía: "Es muy afecto a sus dictámenes y aunque será persuadido de que es lo mejor, en no subordinándosele concibe mui en perjuicio, de la inten-' ción de quien no se conforma con su parecer y así es temido por su destemplanza" (31). Los subalternos le temblaban y sus propios iguales le temían. Su altivez lo llevó a considerar al propio virrey como su "compafiero" (32).

En consulta de la Cámara de Indias de 29 de enero de 1691 fué propuesto en segundo lugar para ocupar la presidencia de Charcas, vacante a la sazón por haber sido jubilado don Diego Cristobal Messía. El Rey nombró al primero de la terna: el licenciado don Juan Jiménez Lobatón, oidor de Lima (33).

Su falta de contemplaciones le suscitó enemigos durante la visita de las Reales Cajas de Lima. El 13 de julio de 1693 proveyó un auto por el cual reformaba cuatro plazas de empleados, dejando sin sueldos a los que hasta entonces habían ocupado dichos puestos. Los afectados por la medida reclamaron ante el Virrey quien, con el voto consultivo del Real Acuerdo, y previos diversos trámites, suspendió la resolución de Peñalosa en lo que tocaba a tres de los cuatro empleados, mientras se consultaba al Rey. La real cédula de 21 de mayo de 1695 aprobó el auto del Oidor y revocó el del Virrey (34).

Por real cédula de 31 de diciembre de 1694, se envió al conde de la Monclova el nombramiento de Peñalosa en el puesto de presidente de la Audiencia de Panamá, gobernador y capitán general del reino de Tierra Firme, con encargo especial de enjuiciar al marqués de la Mina, su antecesor. Pero este título sólo debía entregárselo el Virrey en el caso de que no pudiese desempeñar el puesto el conde de Canillas don Pedro Luis Enríquez de Guzmán, nombrado en primer lugar. Para el caso de que también Peñalosa se hallase impedido, llegaron iguales despachos a nombre del Dr. don Matías Lagúnez. Como el conde de Canillas aceptó el puesto quedó sin lugar la promoción de nuestro oidor (35). Libróse así de participar en las intrincadas banderías de Panamá, que tantos disgustos costaron a sus gobernantes.

En el año 1695 encontramos a don Juan ocupado en recaudar el tributo de "lanzas" que debían pagar los títulos de Castilla residen

30 "No tiene arte ni política para disimular su natural", según frase del duque de la Palata, quien quiso dar a sus palabras un tono de censura (Carta citada en la nota 14).

31 Carta de González citada en la nota 28.

32 Carta de Peñalosa al Rey: Lima, 17 de enero de 1698 (A.G. de I., Sección Audiencia de Charcas. Legajo 273).

33 Consulta de la Cámara de Indias al Rey: Madrid, 29 de enero de 1691. El tercero de los propuestos fué otro oidor de Lima, el doctor Juan de la Peña Salazar. El decreto de nombramiento se publicó el 31 del mismo mes (A.G. de I., Charcas, 6).

34 Vid. not. supl. 5.

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Carta del conde de la Monclova al Rey: Callao, 26 de agosto de 1696. En: Moreyra y Céspedes, Ob. Cit. en la nota 12, tomo II, pág. 133-136.

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tes en el Perú. La comisión le había sido conferida por la real cédula de 16 de noviembre de 1693, emanada del Consejo de Guerra y con el pase del Consejo de Indias. En este asunto tuvo un conflicto con el virrey conde de la Monclova, a causa de que éste aplicó otra cédula incompatible con la anterior, dictada el 2 de mayo de 1694 con aparente olvido de aquélla y sin derogar expresamente la jurisdicción de don Juan de Peñalosa (36).

En 1697, el Rey lo nombró gobernador de Huancavelica. Para este cargo se requería un hombre de rectitud probada, pues estaba muy sujeto a tentaciones. Es lógico que se pensara en Peñalosa, quien nuevamente declinó el honor y el provecho de este nombramiento, por lo cual recayeron en el siguiente de los nombrados, el Dr. don Matías Lagúnez, magistrado de notable actuación (37). El nombramiento de ambos oidores -Peñalosa en primer lugar y Lagúnez para el caso de que aquél se hallase impedido- vino incluso en la real cédula de 2 de marzo de 1697 que contenía diversas disposiciones acerca del régimen y gobierno del asiento minero. Una de estas medidas reformadoras consistió en privar al virrey de la atribución de nombrar a la primera autoridad de la villa, prerrogativa que se reservaba el rey. Ni aún en el caso de que muriese o quedase impedido el gobernador sin que el monarca hubiese designado al reemplazante se concedía al virrey la provisión de la vacante en interin, sino que se estatuía un sistema de promoción legal y automática de los magistrados de la Audiencia de Lima (38).

Es digna de señalar la opinión adversa que mereció al conde de la Monclova esta reforma. Expresó en carta al Rey que el gobierno de Huancavelica debía confiarse a hombres con especiales dotes administrativas: el gobernador necesitaba poseer "mucha agilidad y actividad" -lo que también implicaba juventud- para visitar con frecuencia los socavones; gran vigilancia, para evitar los "extravíos" o contrabando de azogues; y mucha "sagacidad" para fomentar la producción de mineral; cualidades que no solían hallarse en los magistrados del tribunal limeño a menudo ancianos al borde de la decrepitud, quienes podían ser muy rectos y entendidos jueces sin perjuicio de resultar muy malos gobernantes de un asiento minero. Con esto quería expresar el Virrey el carácter técnico-económico del gobierno de Huancavelica, que requería una persona con cualidades y conocimientos especiales, toda vez que su labor no debía limitarse a ser la de un simple funcionario administrativo o político- en la restringida acepción que se suele dar a estos vocablos sino que también desempeñaba el puesto de superintendente de las minas (39).

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36 Vid. nota supl. 2.

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Carta de Peñalosa de 13 de febrero de 1699 (A. G. de I., Lima, 176). 38 Carta del conde de la Monclova al Rey: Lima, 24 de enero de 1699. En: Moreyra y Céspedes, Ob. Cit. en la nota 12, tomo III, pág. 29-35.

39 Ibid.

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