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lo arriba dicho no teniendo reales de que poderla pagar y hasta haber cumplido con la dicha tasa no se les han de pagar ni cobrar la que les está repartida para ello; las cuales, de más de que si en esto fueren negligentes y descuidados, o cobraren más de lo que los indios deben, lo volverá con el cuatro tanto, se les quitarán sus oficios e cacigazgos y paga. rán tasa como los demás, y se darán los dichos oficios a quien mejor lo sepa servir. Y el dicho corregidor assí mesmo queda, e ha de estar obligado, a hacer que los dichos caciques e principales cobren y tengan cobrada la dicha tasa, según dicho es, e a los tiempos y plazos susodichos, y la metan en la dicha caxa, y que entretando que no la tuvieren cobrada, el dicho corregidor no cobre ni pueda cobrar, ni le sea pagado su salario, como más largamente se contiene en la intrucción que le tengo dada a él e a los demás corregidores de los naturales; y so la dicha pena arriba referida mando a los dichos caciques dentro de treinta días después de la notificación desta tassa, descubran o manifiesten ante el corre gidor de su districto, todos los indios mayores y menores que dejaron de empadronar y manifestar ante el dicho Diego Núñez Bazán, que los visitó, y no lo haciendo ansí, incurran en la dicha pena, y con destierro perpetuo destos rei

nos.

Y los dichos officiales reales ni otra persoua alguna a cuyo cargo estuviere la cobranza desta tasa deste dicho repartimiento, no han de llevar ni cobrar más tasa que que la que está referida y les pertenece. (1)

(1).—Aquí se interrumpe este manuscrito, cuyo resto considero perdido completamente, dada la forma como lo obtuve: de los restos de los documentos del Tribuna Mayor de Cuentas cuando el incendio, a principios de Diciembre de 1884.

La tumba del Inca historiador Garcilaso de la Vega en la Catedral de Córdoba

Los restos del inca historiador Garcilaso de la Vega están sepultados en la iglesia Catedral de Córdoba-la antigua "Aljama" de los árabes-al pie del altar de la capilla llamada "de las Animas".

Una descolorida alfombra cubre la losa de su enterramiento: de donde provino la necesidad de producir su leyenda, en letras doradas, en dos lápidas que vemos colocadas a ambos lados del altar.

Esa leyenda está concebida en los siguientes términos:

"El Inca Garcilaso de la Vega, varón insigne, digno de perpetua memoria, ilustre en sangre, perito en letras, valiente en armas, hijo de Garcilaso de la Vega de las casas de Faria e Infantado, y de Elisabeth, palla, hermana de Guaina Cápac, último emperador de Indias, comentó la Florida, tradujo a León Hebreo y compuso los Comentarios Reales.

"Vivió en Córdoba con mucha honra, murió ejemplarmente, dotó está capilla.

"Enterróse en ella. Vinculó sus bienes al sufragio de las ánimas del Purgatorio. Sus patrones perpetuos: los señores Deanes y Cabildo de esta Santa Iglesia.

"Falleció a 22 de Abril de 1616.

Rogad á Dios por su ánima."

El altar de la Capilla de las Animas, pobrecillo en sí, es de una hechura pseudo clásica que contrasta con la arquitectura original de la mezquita, la cual no refleja, por cierto, la fe de los antepados del historiador: la del Crucificado, si de los paternos, la del Sol, si de los maternos.

Allí, sobre el dintel, como quien dice, de dos creencias: la cristiana y la agarena, duerme el eterno sueño el hombre á quien un injusto destino impuso que transcurriese lo mejor de su vida lejos de esa imperial Cuzco, cuna de su ilustre lina. je americano, y de ese Perú, al que hubiese consagrado, de vivir en él, la potencialidad de una de las inteligencias más gallardas que conoció América y los arrestos de un soberano carácter, esforzado y varonil.

Forma retablo al altar que decimos, una composición á pincel que representa á Jerusalem con la teoría de sus torres de sus muros almenados, sobre los que se enseñorea la altiva silueta del templo, en dirección á una de cuyas puertas se vé encaminada con "banderas" desplegadas, una cohorte

y

romana.

Sobre aquel simulacro de la ciudad santa campea un Crucificado de bulto, de tamaño natural.

Sobre el costado derecho, otra composición al temple: la degollación de San Juan; sobre el izquierdo,otra: un santo obispo, asistido de cierto número de ángeles, ocupado en sacar de entre las perennes llamas á ánimas del Purgatorio; de donde provino la advocación de la capilla.

Hay en el ambiente de la capilla de Garcilaso un como vaho de temor de la eterna muerte; una como perenne volición de descontar con preces y con santos sufragios los desfallecimientos y flaquezas de una vida terrenal, orientado el espíritu hacia una bienaventuranza futura, perdurable......

Garcilaso fundó este altar, con cierta dotación de misas, en 1616.

Sus "Comentarios Reales," obra que más preció, posterior á La Florida y á la traducción de los Diálogos de Amor de León Hebreo, estaban terminados.

En ellos, desafiando al olvido que amenazaba con borrar de la memoria de los hombres la obra paternal, grandiosa de los Incas, de los que él descendía, desfilaban en teoría augusta, aquellos benéficos pastores de pueblos.

En su calidad de hombre de letras y de hombre de espada, él, hijo de un valeroso capitán español y de una elevada princesa indiana, había sido ante España una muestra viviente de cómo sería al futuro criollo: el futuro peruano,

Su misión en esa tierra de España estaba terminada: tocábale pensar en los siglos de los siglos que traen aparejados consigo la eternidad, más allá del tétrico umbral de la

muerte.

Y pensó en su alma inmortal.

A 18 de Abril de aquel año de 1616 compareció ante el escribano de número Gonzalo Fernández de Córdoba, y dic tó sus disposiciones testamentarias, cuyo traslado figura en el expediente de fundación de la obra pía que lleva su nombre.

Por dicho su testimonio funda una obra pía, y nombra por patronos de la misma al Iltmo. señor Deán y Cabildo pleno de esta Santa Iglesia, dotándola con varios capitales de censo,fimportantes 126,401 reales, 19 maravedís y 8,834 reales, 2 maravedís de réditos, previniendo que el todo de su hacienda se había de imponer en renta segura, como de

10,000 reales, de la cual se habían de costear 50 arrobas de aceite para una lámpara que ardiese día y noche en su Capilla de las Animas, 40 ducados para salario de un sacristán, 12 reales para vino y hostias,352 reales y 32 maravedís a un mayordomo, gasto de ornamentos, fábrica de la capilla, cubierta de su sepultura en la forma ordinaria, víspera y día de difuntos, vigilia y misa de réquiem por los capellanes de veintena en dichos días, con limosna de 15 reales, vista de cuentas 200 reales y propina 66 reales; invirtiendo el resto en que se hayan de decir en dicha su capilla todas las misas rezadas que se pudiesen y alcanzaran las rentas, por sacerdotes virtuosos y buenos cristianos que tuviesen más necesidad, dando de limosna á cada uno 52 maravedís por cada misa, las cuales se han de aplicar por mi ánima, y las demás del Purgatorio; y en acabando cada misa, han de decir un responso por dicha mi ánima y las del Purgatorio, y echar agua bendita sobre su sepultura; y que por ningún caso hayan de llevar más de los dichos 52 maravedís por cada misa, y que dichas misas se digan dentro de su capilla, sin que por mandato de ningún juez, provisor ni visitador se manden decir fuera ella, sino que traigan sacerdotes que las digan dentro de ella, y en este particular pide y suplica a los seño res Deán y Cabildo amparen y defiendan lo susodicho, sobre lo que les encarga su conciencia, ni se lleven á la Colecturía.

"Para que esta fundación no venga en disminución, mando que si algún censo se redimiese, se vuelva á imponer y en el interim se suspendan las misas el tiempo que fuere necesario para suplir lo que faltase, de suerte que siempre haya la misma renta, y lo mismo se haga si en algún tiempo se perdiese algún censo".

El cuaderno que contiene estas minuciosas disposiciones lleva el siguiente rótulo: "Cuadrante de dieziocho misas que se deben cumplir por la fundación de Garcilaso Inca de la Vega. Estipendio, tres pesetas".

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