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tabilísimo y siempre venerable, es la disciplina, que es de derecho humano aunque eclesiástico. Señor, uno de los dogmas de la religion cristiana es que toda ella íntegra ha existido desde la venida del Espíritu Santo. Por manera que desde entonces hasta ahora, y desde ahora hasta el fin de los siglos, ningun dogma hay nuevo en la iglesia de Dios ni puede haberlo. Novedades, hablando de dogmas, no las hay, y el decir lo contrario seria una heregía. Este es lo que constituye una de las pruebas mas convincentes de la verdad del catolicismo; y es la base de la gran demostracion, que dixe ayer, de que todos los principios que nos conducen á la religion cristiana nos conducen al catolicismo. Qualquiera que haya leido las Prescripciones de Tertuliano, verá que este es el resultado del analísis de todos los principios de la religion en esta materia. Por manera que entre los teólogos es una especie de axîoma aquel dicho de Vicente de Lerin quod semper, quod ubique, quod ab omnibus &c. Supuesto esto, pregunto ahora, esta religion es desconocida de los diputados que la profesan, y que la entienden cada uno segun sus luces? > Y esta constitucion que dice su señoría no la ha hecho y sancionado la mayor parte de los diputados? ¿Y no la hemos firmado y jurado todos? Qué significa esta pregunta,, quando la religion tenga intereses contrarios á la constitucion, que haremos?" Señor, en ese caso la respuesta mas óbvia es la que dió uno, quando le preguntaron en un sínodo : Si estando diciendo misa le cayera á vd. en el caliz una araña, ¿qué haria vd.? Y contestó: Señor, en mi tierra no hay arañas." En España la constitucion no puede estar en contradiccion con la religion. Porque uno de sus dogmas políticos es el catolicismo. Y en este sentido la juraron y sancionaron de corazon todos los diputados, firmemente resueltos á cumplirla. Y si acaso se dudaba del sentido de esta proposicion, entonces debió decirse, no ahora. No hablo de intenciones; pero si hubiera este género de contrastes que se nos quiere mostrar, lo que resultaria seria el echar abaxo la constitucion. Pero no, Señor, no sucederá así. La constitucion y la religion no pueden estar en contradiccion, porque, lo repito y lo repetiré eternamente, la religion es una, y despues de la venida del Espiritu Santo, que acabó de iluminar á los apóstoles sobre quanto Jesucristo les habia dicho, no exîste en la iglesia, ni hay revelacion alguna nueva dogmática. Y ya sea en los sagrados códigos, ya en los monumentos de la tradición, siempre la religion es una, santa é inalterable. Si pues el dia 18 de marzo y siguiente de 1812 no estaba la religion en contradiccion con la constitucion, y personas católicas que tienen por obligacion y por oficio estudiarla, la han jurado, y la han creido compatible con la religion, así como los demas ciudadanos, prescindiendo de sus opiniones particulares, á qué viene esta pregunta del Sr. Ocaña: ¿qué se hará quando las leyes y la religion esten en contradiccion? Por lo qual me inclino a creer que en esto habrá padecido el Sr. Ocaña (lo que á qualquiera puede suceder), cierta inexactitud de expresiones, que no indican claramente la idea que uno concibe; y que la pregunta se reduciria á¿qué se hará si sucede que las disposiciones que emanen de la potestad eclesiástica, ya sea del Sumo Pontifice, ya de concilios, esten en contradiccion con las leyes, no en lo dogmático, sino en materias de policía ó gobierno de la iglesia?" La respuesta se la ha dado el mismo señor; porque se ha dicho por él mismo: en el caso que no pudiesen concordarse las leyes que emanen de las dos Potestades, entonces si el bien espiritual es mayor que el temporal, debe

preferirse aquel á estei y al contrario, si se trata de un gran bien temporal, y no hay sino apariencias de bien espiritual, debe ceder este. ¿Y cómo se hace esto? Y qué reglas lo determinan? ¿Y quien lo ha de hacer? Esto lo sabe qualquiera que estudia el derecho canónico y civil de España. Y el que no quiera fatigarse en leer todos los autores españoles en esta materia, que en nada son inferiores á Bossuet y demas publicistas extrangeros, lo hallará en nuestro Solórzano, Salgado, Covarrubias; y el que quiera enterarse de lo que estos dicen, no tiene mas que irse á la real resolucion de 1770, en que está el dictámen del colegio de abogados de Madrid, y allí estan sancionadas estas doctrinas, que son fruto de la experiencia, con motivo de las conclusiones que defendió en Valladolid el bachiller Ochoa. De donde infiero que ó es imaginario el argumento del Sr. Ocaña, ó no prueba nada contra el artículo; porque si algo probase, probaria contra las leyes de España anteriormente existentes. Se protegia antes la religion en España por leyes no conformes á las leyes de España? No se presentará mas exemplo que el de la Inquisicion.

,,Vengamos á la proposicion que con este motivo hizo el mismo señor Ocaña, de que, pues estaba persuadido que S. M. no debia entender en esto, se le exîmiese de votar en este negocio. Para que fuera concluyente su proposicion, deberia haber hecho este silogismo: Yo no debo votar en lo que no es de la competencia de los diputados; esto no es de la competencia de los diputados; luego yo no debo votar." Yo le diria á este señor, pruebe vuestra señoría la menor, porque al que defiende le toca la prueba; y creo que seria algo larga la demostracion que hubiera de ha cer; porque no basta decir: no debo votar en lo que las Córtes no deben hacerlo. Es menester probar que no deben hacerlo. Y al cabo quando do se trata del interes nacional, cada diputado tiene obligacion de decir lo que le parezca, aunque sea víctima de su opinion.

,, En quanto á la peticion de los señores diputados de Cataluña, me compadezco de la situacion terrible en que se han visto. No hay cosa más natural que el pesar de no ir de acuerdo con las opiniones de su provincia, sobre todo quando son conocidas. Hay que exâminar entonces si ellas son compatibles con el bien general, y si no lo son, no deben atenderse ; pero quando es una cosa problemática, porque se trata de puntos de conveniencia pública, entonces nada mas natural que el querer contemporizar con el dictámen de la provincia. Pero yo advierto que no se hace un uso impar cial y constante de esta loable delicadeza; y si no se ha hecho hasta aquí, ¿como se quiere que valga en el mes de enero de 1813? Qué, hay aquí alguna diferencia entre los diputados? Pues no me ha sucedido á mí (porque es menester que todo el pueblo español lo sepa, para que conozca sus derechos y los sostenga) que representé yo (sin duda erradamente, porque V. M. creyó lo contrario) que acaso perjudicaria á cierto acto, el mas solemne é interesante de las Córtes, que yo interviniera en él, y que po dia ser mas ó menos conveniente? Lo representé á V. M. y fué solo fundado en conjeturas y cartas particulares de las provincias á quien r presento? No, Señor, presenté á V. M. un documento fehaciente, que to davía existe en su archivo, que me ponia una prohibicion expresa de intervenir en él. ¿Y qué hizo V. M. Señor, lo que debia. Me obligó á concurrir á este acto: coneurrí; y con mis anteriores indicaciones salvė

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mis anteriores deferencias, que era lo que me tocaba hacer. ; Los señores de Cataluña alegaron entonces los principios que ahora? Estoy cierto que no; y es menester que todos seamos medidos por un rasero, porque todos somos iguales, todos aspiramos á un mismo fin. Estos señores se han condu cido del modo mas delicado y juicioso en una cosa de que no debian desentenderse hasta cierto punto-, presentando los medios con que han querido averiguar la opinion de su provincia y el resultado que tenian. El dictámen de la junta de aquel principado es muy digno de tenerse presente, porque exâminado despacio, dice mucho en favor de la comision, aunque parece que es contrario. Han hecho, repito, lo que deben los diputados; Y decir lo contrario es no entenderlo. Nadie se figure que hay facciones en el Congreso, porque se atraviesa la question de las hogueras. No, Señor. Si se atravesara la de la religion, ¡infeliz del que tuviera la desgracia de apartarse de la opinion de los demas! Pero no se trata de esto, y todo lo que se ha hecho está decentemente hecho. Se votará, y la mayoría de los votos de los representantes así legalmente reunidos, es la mayoría de los votos de los representados. La votacion lo decidirá; y si resulta que la mayor parte de las provincias no quieren que se haga mutacion en esto, no se haga; porque no es cosa de tomarlo esto con tanto calor. Acordémonos que se trata de una question de política, aunque sí muy respetable, porque se trata de un establecimiento que se instituyó en su principio para proteger la religion.

S. ,,El Sr. conde de Toreno dixo ayer que los principios mas democráticos apenas alcanzaban á creer que fuese necesario explorar la voluntad de los ciudadanos sobre esta question. Prescindo de lo que se ha dicho por el Sr. García Herreros de que era imposible hacerlo. Pero es necesario que V. M. no olvide una cosa; á saber que los democratas rabiosos y de principios mas exâltados se caracterizan y distinguen por negar la legalidad del sistema representativo. ¡Pero una vez admitido este sistema, nada prueba qualquiera acto de indagacion para saber efectivamente las opiniones de. los representados; mucho menos quando ya es conocida su voluntad por la: ampliacion que tienen los poderes que han dado.

,, En este supuesto, Señor, nos resta solo exâminar la question por el aspecto político, por el que puede mirarse la proposicion. En primer lugar no será impolítico que yo diga á V. M. que ha sido una figura muy retórica y oportuna, pero que no ha surtido efecto, la de que se ha valido un señor preopinante, quando ha dicho que esta es una controversia entre Cristo y Napoleon. No hay nada de esto. Aquí no se trata de que exista ó no la religion. La question es ertre españoles igualmente católicos, que desean cumplir la promesa de proteger la religion católica, verda dera y única del estado, como lo ha sido siempre. La disputa está sobre escoger entre los medios disponibles el que sea mas conforme á la constitucion, á efecto de que se dispense una proteccion digna del objeto de quien la da y de las personas para cuyo beneficio se da.

...,, Señor, Jesucristo dixo:,,muchas mansiones hay en mi reyno." Con esta alegoría, que despues en sus sermones desenvolvió, manifesto que para ir a estas mansiones hay muchas sendas, así como para conseguir qualquier fin santo hay muchos senderos, que no son el camino de los errores, a los escollos de la impiedad. Quiero significar, Señor, que en las

materias mas respetables hay un cierto camino espacioso, dentro del qual se puede ir inocentemente por qualquiera parte. La question es solamente política: ¿con que á qué tratarla de otro modo? Se trata de política cristiana; porque debe serlo para ser sólida, , y no lo es desde que no es cristiana. Se trata de escoger el medio mejor para proteger la religion; así la qüestion nada tiene que ver con Napoleon.

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Pero, Señor, quando se trató de la libertad de imprenta dixo un diputado (que pecador de mí soy yo),, Napoleon no la quiere: esto basta para que V. M. la ponga." Este argumento, á que se le ha querido dar fuerza, es una superchería retórica. Se dirá que yo dixe esto, y que se hizo lo que yo decia; pero no se hizo por esta razon, que no fué mas que una niñería, y no debe traerse á cuento en esta materia. Quando un hombre hace una cosa, para calcular el mérito de su obra, conocido el intento del autor, es necesario ver la relacion que tiene aquella con sus intenciones. Es claro y sabido que el objeto dominante de Napoleon es el despotismo-y la dominacion absoluta. Con este objeto ha tratado de cohonestar por to dos los medios posibles la usurpacion mas abominable. En Madrid estaba yo el dia 4 de diciembre de 1808 quando el infame Charpain dixo, siguiendo los principios abominables, propios de una política infernal:,,que pues todo lo necesario era lícito y era útil á Francia tener á España, era España de Napoleon." Y queriendo cohonestar la usurpacion con sentimien tos de pudor, que no tenia, y que aparentaba, abolió la Inquisicion como el resultado feliz de sus operaciones, diciendo á toda Europa: He hecho desaparecer este borron en un pais de Europa el mas privilegiado de la naturaleza. Qualquiera cosa que hayan padecido es bien empleada, porque es reparada por este beneficio." Este era el verdadero espíritu que le animó en su extincion. Y pregunto ahora: ¿tiene esto conexion ninguna con el objeto que tratamos y miras que nos proponemos, quando se reducen solo que la Inquisicion no sea un pretexto para acabar con la constitucion y libertad de los españoles? Por mi parte no es otro el objeto. Y no erá una crueldad que V. M. descuide el cumplimiento de los cánones, quando es el protector de ellos? Pero quiero dar mas fuerza al argumento, y presentarle con toda la franqueza del mundo.

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ceses,

,, En una sesion secreta de la Isla de Leon, no sé con qué motivo, se presentó en la discusion un decreto del intruso José, por el que lisonjeando á las Américas españolas, entre otras cosas les ofrecia la inde pendencia. Vió V. M. como les hablaba de la extincion de la Inquisicion. He dicho á V. M., y repito ahora, que aun la abolicion de la Inquisi cion no la quisiera la América si habia de venirle por su mano; porque solo una cosa hay debaxo del cielo que sufriria tener de comun con los fran, y no otra alguna, y es la religion, que si estuviera solo concentrada en los franceses, tendria comunion con ellos por ser católicos. Pero salvo esto: Timeo Danaos, et dona ferentes.... Con que dexemos que los fran ceses digan y piensen lo que quieran; en la inteligencia de que no basta que ellos quieran una cosa para que sea mala, ó al contrario, que la detesten para que sea buena; porque esto solo prueba, quando lo que hacen tiene conexion con los medios y con las intenciones, segun el objeto que se proponen; pero no teniendo relacion con lo que se proponen, no signitica mada.

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1. Pero es político, Señor, que V. M. en el tiempo actual se entretenga en hablar de la Inquisicion, quando estan aun los franceses en España? No señor. En lo que debe ocuparse es en guerra y hacienda. ¿No será mejor hacer esto quando el pueblo español esté libre de enemigos? Y no será mejor entre tanto promover su ilustracion para que cunda como un rocío que cala la tierra, y conozcan mas estas verdades, mas bien que proceder ahora como un torrente que todo lo arrolle y confunda? ¿Y no es cierto que en política basta los errores se deben respetar? No será mejor que V. M. se desentienda de esto, y dexe correr la cosa como está?,,Esto, Señor, es lo que hay que examinar, y debe hacerse como yo quisiera lo hiciéramos mu→ chas veces; á saber: como hombres de estado.

,, Señor, es tan político el tratar ahora de la Inquisicion, como seria impolítico el no hacerlo, y tan justo, como seria injusto lo contrario. Lejos de que haya disgustos y clamores for seguir esta discusion, qualquiera que sea el resultado (que esto es indiferente para el caso), yo me prometo que será la aurora de la tranquilidad y el término de esa guerra miserable de opinion, que está demasiadamente adelantada, y que puede traer malas resultas; pues la experiencia enseña el fin que han tenido otras, que han empezado por menos. En primer lugar, Señor (para que se vea que yo no uso de la política de la Inquisicion), diré francamente que así como hay un principio en política que establece que en tiempos revueltos pocas leyes y mucho gobierno; así es tambien cierto que las leyes terminantes á reformas grandes nunca se pueden hacer mejor que en tiempos semejantes, quando hay una fuerza exterior que comprime á los súbditos de una nacion, y los acerca y une entre sí, sin darles lugar á despedazarse. Este es el momento de reformar aquellos puntos que en tiempos tranquilos traerian grandes turbaciones. Esto está convencido por la experiencia de todos los siglos, y no hay nacion ninguna que no haya hecho sus reformas en ocasiones semejan tes. No hay mas que esta diferencia, que si hay un espíritu nimio de refor marlo y derogarlo todo, aun aquello que no se necesita, hay malos resultados, y no subsisten las reformas hechas. Y aun esto no es por las circunstancias en que se hallan los pueblos, sino por la poca destreza, virtud ó instruccion del que las executa. Y así es conforme á política el hacer las refor

mas en estos casos.

,,He dicho, Señor, que ademas es justo, y por lo mismo político. Por que todo lo que se da al pueblo como un medio para ser feliz, ó sobrellevar sus desgracias, es necesario que se le de, principalmente quando se halla este pueblo en dos circunstancias: primera, quando mas se necesita de él, y segunda quando es mas acreedor á que se le premie. Y yo pregunto ahora: quando vendrá la época en que sea mas indispensable estar por y con los intereseses del pueblo, que ahora que todo se le debe á él? No nos venga nadie á incomodar diciendo que esta ó la otra clase ha hecho ó dexado de hacer; porque baxo el nombre de pueblo se entienden todos, aunque particularmente la parte mas preponderante y menos respetada, que es la mas numerosa y que mas peligra. Pues qué no merece el pueblo español, este pueblo, que lo merece todo, que sus diputados se desvelen y desvivan por hacer su felicidad por todos los medios posibles, no solo porque sinél no son nada ni las Cortes ni todas las Regencias del mundo, ni todas las personas reales que se traygan, como no vengan del cielo, quanto porque aunque no

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