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po de su obispado, y que puede dar licencias de confesar á quien bien le parezca. No puede estar mas claro: lo confieso, y tambien confieso que eren de esta opinion los ultramontanos mucho antes que el Papa Benedicto lo dixera. Léase á Próspero Fagnano, que fue un siglo anterior, en uno de los capítulos sobre dispensas, y se verá que dice esto mismo, y algo mas, que quiero que V. M. lo sepa. En el capítulo Omnis, de pænit. et remiss. lice que los Papas pueden dar tales licencias, mal que les pese á-los obispos. ¡Mal que les pese á los obispos! ¡Mal que les pèse á los obispos ! Señor, y es posible que en la iglesia de Dios se tolere una proposicion como esta? ¿Qué me dicen á esto los RR. obispos que me estaa oyendo? Sufririan que en su obispado oyese de confesion algun licenciado de estos? ¿Tendrian por válidas las absoluciones que dieren sin su licencia? ; Pobres penitentes! ¡Qué engañados se levantarian de tales pies creyéndose absuel10s! Yo por mí digo que ni con trescientas licencias del Papa me atreveria á confesar, si mi obispo no quisiera mi obispo, repito, á quien quando me ordenó, ante el altar y puesto de rodillas á sus pies, hice el juramento que me pidió, de serle obediente, y á los que en su dignidad y silla le sucedieran.

,,Señor, permita V. M. que me detenga un poco en esto. El primer Papa que salió con esta novedad, hasta entonces nunca oida (que digo, nunca oida? ni siquiera imaginada), de dar estas licencias, fué el Papa Gregorio Ix, creo que por los años 1227. ¡Qué herida esta para la dignidad episcopal! Quanto no la sintieron, quanto no la reclamaron los obispos de aquel tiempo! Léase á Mateo de Paris, y se verá. Entre otras cosas que le alegaban, traíanle á la memoria aquellas tan dulces como paternales palabras del Papa Gregorio el Grande á Romano, defensor de Sicilia:,, Si nosotros, le decia, no conservamos á cada obispo su jurisdiccion, ¿qué otra cosa hacemos sino trastornar el órden eclesiástico, del qual somos constituidos guardas? Si sua unicuique episcopo jurisdictio non servatur, quid aliud agimus, nisi ut per nos, per quos custodiri debuit ecclesiasticus ordo, confundatur?" Y de qué les sirvió esto? De nada. Por espacio de unos sesenta y mas años ni siquiera fueron oidas sus quejas: y si se oyeron, fueron despreciadas, porque ni aun respuesta merecieron, hasta. que Bonifacio VIII, viendo que el grito de los obispos no cesaba: voy, dixo muy confiado, á acallar estos obispos, y expidió para ello su bula Super cathedram; pero no le salió como deseaba. Siguióse nueve ó diez años despues Benedicto xi: publica su bula Inter cunctas; pero los obispos no callan. Prueba lo mismo Clemente v, sucesor de Benedicto: saca su clementina Dudum, y ni la clementina los calma; y ¿como los habia de calmar, si estos Papas con estas sus bulas, en vez de sanarles la herida, se la repetian ó renovaban? El concilio de Trento fué el que los acalló, y como? Aboliendo ó anulando esta licencia dada por Gregorio Ix, y confirmada por sus sucesores á los frayles, sujetándolos al exâmen y aprobacion de los obispos. Y todavía nos viene diciendo este Fagnano, que es un herege el que diga que el Papa no puede dar estas licencias, mal que les pese á los obispos? Señor, dexémonos de este.... iba á decir delirio, y volvamos á Benedicto xiv.

,,Señor, yo á nadie del mundo cedo en la veneracion y respeto debido á este. Papa tan benemérito. Sé quan respetable y respetado fué por su

vastá literatura y buenas prendas. Sé quan estimado y honrado fué hasta de los mismos protestantes: quan versado en la historia eclesiástica, y quan amante de la antigua disciplina, como se echa de ver en su apreciable obra Instituciones eclesiásticas, que no son mas que una coleccion de las utilísimas cartas pastorales con que de continuo apacentaba á su amada grey siendo arzobispo de Bolonia. ¡ Oxalá se leyesen mas de lo que se leen, y se practicase lo que enseñan mas de lo que se practica! Todo esto sé, Señor; pero tambien sé que este, aunque tan esclarecido Papa, fué hombre, y que como hombre pudo engañarse, y que como hombre (permítame V. M. una palabra, que solo me la podia arrancar del corazon el amor á la verdad, y la necesidad en que me hallo de decirla) en esto se enga ñó, y en algunas muy pocas cosas mas. ¿Qué quiere V. M. que haga? Si no digo que se engañó, habré de decir que el Papa S. Gregorio el Grande fue un herege; y yo á tanto no me atrevo, ni me atreveré jamas. Digo esto, Señor, porque este santo Papa negó claramente lo que claramente dixo Eenedicto XIV que es una heregía el negarlo. Voy á manifestarlo á V. M.

,, Eulogio, patriarca de Alexandría, le escribió una carta á este santo Papa. Dabale en ella el tratamiento de Papa universal, ú obispo de todos los obispados de la cristiandad. El santo lo extrañó, y en su respuesta le encarga que ni á él ni á nadie se lo dé jamas. El patriarca, ó sea que se le olvido, ó que quiso olvidarse de ello, le vuelve á escribir, y le repite el mismo tratamiento. Oyga ahora V. M. lo que el santo le dice en su carta:,,Veo, le dice, que vuestra beatitud (este y el de santidad era el tratamiento que entonces se usaba entre obispos) veo que vuestra beatitud no ha querido tener presente el aviso que le dí, aunque tanto se lo encargué: Invenio vestram beatitudinem hoc ipsun quod memoriae vestrae intuli, retinere noluisse. Le dixe que ni á mí ni á nadie diese este tratamiento: Dixi nec mihi, nec alteri tale aliquid scribere debere. Abro la carta, y lo primero que veo, siendo así que se lo tenia prohibido, es este tratamiento soberbio de Papa universal, que ha tenido buen cuidado de estampármelo en ella: Et ecce in praefatione epistolae, quam ad me ipsum qui prohibui direxisti, superbae appellationis verbum, universalem me Papam dicens, imprimere curasti. Por el tierno amor con que le amo, le pido á vuestra Santidad que no lo haga: quod peto dulcissima mihi Sanctitas vestra non faciat." Pues, Señor, ¿lo negó ó no lo negó¿Diré, pues, que fué un herege? No, dicen los ultramontanos, eso no. Y por qué? Porque, como el santo fué tan humilde, lo negaria, dicen, por humildad. ¿Por humildad? ¿Por humildad? O el tal tratamiento era debido á la silla que ocupaba, ó no era debido. ¿No dicen los ultramontanos que es un artículo de fe? Pues qué, un artículo de fe se puede negar por humildad? Por soberbia sí que he oido decir que se niega; pero por humildad jamas lo he oido hasta ahora. Y díganme mas: aquello de tratar el santo de título soberbio al tal tratamiento, tambien seria por humildad? ¡Qué humildad tan necia fuera! Y se puede esta ni siquiera imaginar en un Papa tan santo y tan ilustrado como este? Señor, muy mal estoy, lo confieso, con estas, ó salidas ó respuestas, llámense como se quiera, de los ultramontanos, que trueque de salvar su sistema echan mano de lo primero que encuentran Bien saben los ultramontanos que este santo Papa nunca puso en olvido

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que, como sucesor de S. Pedro, era Primado de la Iglesia: bien saben que tanto como el que mas exerció los derechos de su primacía, y que cortó, muchos abusos, que en su tiempo se introducian, con dulce y paternal sí, pero siempre inflexible y vigorosa diligencia. Díganme si rehusó alguna vez que lo llamaran Primado: díganme si lo creyó, ó lo llamó alguna vez título ó tratamiento soberbio. Era porque aquí no tenia lugar la humildad, y no temia pecar de soberbia? Pero, Señor, si el mismo santo en la carta misma al patriarca Eulogio nos saca de la duda por que lo negó, tenemos mas que oirle? Oyga V. M.

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Despues de haberle pedido al Patriarca, por lo mucho que le amaba, que no le diera este tratamiento, prosigue diciéndole ó dándole esta razon: ,,porque lo que se dá á otro, siendo injusto el dárselo, eso se os quita á vosotros los obispos : Nam vobis subtrahitur quod alteri, plusquam ratio exigit, praebetur. Dos cosas, si quieren, pueden notar aquí los ultramontanos. Primera , que el santo tuvo este tratamiento por injurioso á los obispos: nam vobis subtrahitur: segunda, que lo tuvo por injusto: plus quam ratio exigit. ¿Hay aquí nada de humildad?" Prosigue:,,yo no tengo por ra mia quando veo que mis hermanos pierden la suya en dármela: Nec honorem meum esse reputo, in quo fratres mess honorem suum perdere cognosco." Y ¿qué honra decia el santo que perdian los obispos con darle este tratamiento de Papa universal? No es nada: la de obispos. Si enim sanctitas vestra (le decia á Eulogio) universalem me Papam dicit, hoc esse negat, quia me fatetur universum: porque con llamarme V. S. á mí Papa universal, me dice que no lo es de Alexandría porque lo soy yo, y no solo de Alexandría, sino de todos los de la cristiandad, quia me fatetur universum. Y al llegar aquí, Señor, y considerar este hoc esse negat, ó este abatimiento de los obispos, me parece que se le encendió aquella alma grande, y sin poderse contener, exclama y dice á Eulogio: Dios no lo permita (absit hos): afuera palabras que hinchen de vanidad y vulneran la caridad: recedant verba, quae vanitatem inflant, et charitatem vulnerant. Ahora pues, un santo que habla así, un santo que dice que no es obispo universal, y no solo que no lo es, sino que ni puede serlo: un santo que á los obispos que le dan este tratamiento les dice que se abaten y deshonran hasta el punto de no tenerse por obispos, ¿se me hará creer que lo dixo por humildad?

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,, Señor, es tan mezquina, débil y flaca esta razon de defensa librar de heregía á este grande Papa, que muchos aun de los ultramontanos la desprecian; y así toman otro camino. Dicen que todo es muy fácil de componer. En respondiendo que la cosa ya estaba definida quando el Papa Benedicto dixo lo que dixo, y no lo estaba quando el Papa San Gregorio lo negó, ya no hay que hacer; ni el uno se engañó en lo que dixo, ni el otro fué herege porque lo negó. Esta es ya otra respuesta: lo confieso, y lo confiesan mis autores: pero como estos son mal contentadizos, ó como solemos decir, de malas creederas, no sosiegan, ni dexan sosegar á nadie, sin apurar del todo la verdad. Preguntan á los ultramontanos que digan donde, quando y como se definió. Responden sin dudar un momento que en el concilio general que convocó el Papa Eugenio Iv para el año 1438 en Ferrara, y se concluyó el de 1442 en Florencia. Está bien, tenemos el donde y el quando. Falta el como: venga la definicion. La dan, y dice

así: Definimus à Jesuchristo domino nostro concessam fuisse beato Petro apostolo, et in persona Petri ejus successoribus, plenam faculta tem regendi et gubernandi ecclesiam universalem, quemadmodum etiam ( note V. M. esta partícula etiam ) in gestis acumenicorum conciliorum, et in sacris canonibus continetur. Pedí á V. M. que notase la partícula etiam, porque sobre ella se mueve entre mis autores y los ultramontanos tal contienda, que yo no espero verlos en paz, si Dios por su gran misericordia no lo remedia. Los ultramontanos porfian por el etiam; mis autores por un et en vez del etiam. ¿Y es posible, dirá acaso V. M., que una nonada de tres letras ha de mover entre gente honrada tal polvareda? ¡Ah! Señor, que esta que parece nonada, no lo es: ya, ya lo verá V. M. luego: ahora veamos si debe leerse en la definicion el etiam ó el et.

Es de saber, que á este concilio de Florencia concurrieron algunos obispos que con su emperador Juan Paleólogo vinieron de la Grecia. Por esto, y para que estos prelados se pudiesen llevar un exemplar que les sirviese de gobierno, las actas, cánones y decretos se escribieron en griego, quedándonos nosotros para acá una version latina que se hizo desde luego. Hizo esta version un tal Flavio Mundo, secretario del Papa Eugenio IV. Ahora bien, en esta version latina se lee et y no etiam. Como mis autores les ponen á la vista esta verdad á los ultramontanos, callan, pero sin soltar jamas el etiam. Se les dice mas: Flavio Mundo, que se halló en este concilio, y fué testigo ocular y auricular de quanto en él pasó, ¿sabria lò que los padres definieron? Claro es que sí: luego claro es que debe leerse et y no etiam. Eso no: etiam ha de ser. Pero un secretario del Papa Eugenio Iv, tan amante de sus pretendidos, por no decir desmedidos derechos de su primacía, que quando se le dixo no serle decoroso tomar su defensa con tanto empeño, contestó que ese era el único patrimonio que habia heredado de San Pedro: un secretario, repito, como este, ;es de creer que por descuido, por ignorancia ó por malicia transformase en et el etiam, en primer lugar, faltando á la verdad, y en segundo vendo contra los deseos de la corte de Roma, y aun de su Papa y Señor Eugerio? No es crei ble. Con que estamos ya por el et? Eso no, por el etiam. ¡ Válgame Dios! y qué inflexibilidad de hombres. Probemos otra vez. Todos los sabios hablaron muy bien de esta version luego que salió, y aun en el siglo siguiente ¡ qué elogios no hicieron de ella los dos mas sabios teólogos controversistas Juan Equio y Alberto Pighio, el primero en su obra de Primatu Petri, y el segundo en su Gerarquía eclesiástica obras una y otra escritas de intento para bien discernir los legítimos derechos de la primacía! Los dos estan por el et. ¿Qué decis ultramontanos? Estos fueron unos enemigos declarados de la corte de Roma. Ya, ya los entiendo: qui mecum sentit, ille est mihi carthaginensis, que decía Anibal. Pero decidme, gel cardenal Belarmino tambien fué de esos enemigos? No por cierto. ¿ Pues cómo es que no está bien ni con vuestro etiam ni con esta definicion del concilio de Florencia? En el libro 11 de su obra De conciliis la desprecia, y por no culparos á vosotros, me acuerdo que se culpa á sí mismo, y dice que por obscura nunca ha podido llegar á entenderia. Ultramontanos mios: un hombre de una vista tan perspicaz confesar de sí que no la entiende; á no ser tan vuestro amigo qué no dixera? Pero me queda una duda, que yo no alcanzo á resolver. Al Papa San Gregorio el Grande le valió para no

ser herege el no estar esta cosa definida quando la negó; ahora, comą decis , ya lo está, y Equio, Pighio y Belarmino la niegan. Los debo tener por hereges? No, no me respondais, tomaos tiempo, que la larga meditacion ha sido siempre madre del acierto.

,,Señor, me dexo por ahora á los ultramontanos, por volverme á V. M. y decirle que el primero que nos salió con el etiam fué un tal Abraham de Creta en la version latina que publicó el año, creo que no me equivoco, 1626. Se sabe, Señor, se sabe el principal motivo por que no se debe dar fe ó crédito á este Abraham; y yo lo sé, yo lo sé; pero lo callaré, porque ahora lo debo callar. Pero dígame V. M., seria prudencia preferir esta version posterior casi dos siglos á la de Flavio, que es y se tiene por original? Seria esto prudencia? ¿Es esto crítica? No digo mas.

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,,Voy ahora á manifestar el interes que tienen los ultramontanos en porfiar tanto por el ctiam. Leyéndose etiam tienen los ultramontanos definide su sistema: si se lee et, todo lo contrario, Voy á demostrarlo. Dice la definicion Definimos que Jesucristo nuestro Señor le dis al bienaventurado apóstol San Pedro, y en su persona á sus sucesores, el pleno poder de regir gobernar la iglesia universal. Hasta aquí hay paz: en este pleno poder convienen ambas partes. Sigue la definición: quemadmodum ctiam. Eso no, dicen mis escritores : eso sí, gritan los ultramontanos. ¿Y por qué? Porque con el etiam tiene la definicion este sentido esto que definimos del pleno poder de gobernar la iglesia universal, dado por Jesucristo nuestro Señor á San Pedro y sus sucesores, es lo mismo que se contiene en las actas y san grados cánones de los concilios generales. Queda, pues, definido un poder sin límites, un poder absoluto é independiente de los obispos y concilios generales. Es este el sistema de los ultramontanos? Diganto ellos mismos. Y con la partícula et ; qué sentido tiene la definicion? Definimos que Jesucristo dió á San Pedro y á sus sucesores el pleno poder de goberrna la iglesia universal; pero debiéndose ajustar en el modo de su gobierno á lo que se contiene (quemadmodum continetur) así en las actas (et in actis) como en los sagrados cánones de los concilios generales (et in sacris canonibus conciliorum). Esto es lo contrario de lo que pretenden los ultramontanos? Díganlo ellos mismos. Estos quieren que los Papas gobiernen la igle sia á su arbitrios mis autores, que la gobiernen segun las leyes ó constitucion, digámoslo así, que le dé la iglesia. Es visto que lo que parecia no nada, no lo es. Permítame V. M., que sobre esto haga alguna reflexion. Dicen los ultramontanos que el concilio de Florencia definió que el Papa es obispo universal, con pleno, absoluto é independiente poder de go-` bernar la iglesia universal; y que lo definió, por contenerse así en las actas y sagrados cánones de los concilios generales. Dos cosas tenemos aquí, actas y sagrados cánonės. Pregunto yo á los ultramontanos: ¿en qué actas ó cánones de concilio general se dice que el Papa es obispo universal, ó, que es lo mismo, obispo de todos los obispados de la cristiandad? En las del de Calcedonia, me contestarán, que se celebró poco mas ó menos el año 451. Pues yo digo que no hay tal.... Afirman que el Papa San Gregorio lo dice en la carta citada al patriarca Eulogio.... Explicaré lo que hay en esto. El Santo lo que dice es que el concilio de Calcedonia le dió al Papa el tratamiento de obispo universal; pero este título, no se halla en los cánones ni en las actas.... Replican: Pues en alguna parte se lo daria....

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