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LOS

CODIGOS ESPAÑOLES.

LOS

CODIGOS ESPAÑOLES

CONCORDADOS Y ANOTADOS.

TOMO CUARTO.

CODIGO DE LAS SIETE PARTIDAS.

TOMO III, QUE CONTIENE

LA SEXTA Y SETIMA PARTIDA.

MADRID,

IMPRENTA DE LA PUBLICIDAD, A CARGO DE M. RIVADENEYRA,

CALLE DE JESUS DEL VALLE, N. 6.

1848.

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AQUI COMIENZA

LA SEXTA PARTIDA

DESTE LIBRO,

QUE FABLA DE LOS TESTAMENTOS, E DE LAS HERENCIAS.

Sesudamente, dixeron los Sabios antiguos, que passan su tiempo, aquellos que biuen faziendo bien su fazienda, tomando guarda en las posturas, e en los pleytos, que ponen unos con otros. Mas mayormente tuuieron que auian grand seso, los que al su finamiento sabian ordenar (1), e poner lo suyo en tal recabdo, de que ellos ouiessen plazer (2), e fiziessen pro de sus animas (3), e fincaua despues de su muerte lo suyo sin dubda, e sin contienda (4) a sus herederos. Onde, despues que en la quinta Partida deste libro fablamos de todas las posturas, e pleytos, e conueniencias, que los omes fazen entre si en su vida, queremos aqui dezir de los testamentos que fazen a su fin; porque esto es encerramiento de su fecho. E de si diremos de las herencias, que los otros heredan dellos, despues que mueren, tambien por testamento, como por manda, e por otra manera qualquier. Otrosi mostraremos, de como los huerfanos, e los niños chiquitos, e sus cosas. deuen ser guardadas, e puestas en recabdo, despues de la muerte de sus padres. E de todas las otras cosas que pertenescen a estas razones.

INCIPIT SEXTA PARTITA.

(1) Sabian ordenar. Utinam saperent, et intelligerent, ac novissima providerent, Deuteron. 32. cap. v. 29. nota tamen, quòd omnis testatio præsumitur prudens, et ita debet conjecturari, argum. 1. Lucius, in fin. D. de hæred. instit, et notat Bald. in 1. penul. column. 1. C. de impuber, et aliis subst.

T. IV.

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Testamento es vna de las cosas del mundo, en que mas deuen los omes auer cordura (1) quando lo fazen : e es, por dos razones. La vna, porque en ellos muestran, qual es la su postrimera voluntad. E la otra, porque despues que los han fecho, si se murieren, non pueden tornar (2) otra vez a endereçarlos, nin a fazerlos de cabo. Onde, pues que en el comienço desta Partida fezimos enmiente dellos, queremos aqui dezir en este libro, de la guarda que deuen auer los omes, quando los quisieren fazer. E mostrar, que quier dezir testamento. E a que tiene pro. E quantas maneras son del E

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