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DE LA

REPÚBLICA DEL PERÚ

Á LA DEMANDA

DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA

PRESENTADA Á LA

COMISIÓN ASESORA DEL GOBIERNO ARGENTINO
CONFORME AL ARTÍCULO 3.o DEL REGLAMENTO PROCESAL DE
10 DE NOVIEMBRE DE 1904.

BUENOS AIRES

COMPAÑÍA SUD AMERICANA DE BILLETES DE BANCO

1907

CONTESTACIÓN DEL GOBIERNO PERUANO

Á LA

DEMANDA TERRITORIAL DE BOLIVIA

M816133

F3451
B7P348

LA DEMANDA DE BOLIVIA

La república de Bolivia presentó al Gobierno Argentino una demanda de dominio territorial y demarcación conforme al artículo 7.o de la convención de arbitraje de 30 de diciembre de 1902. El Gobierno Argentino siguiendo el reglamento procesal estatuído transmitió esa demanda al Gobierno del Perú para que la contestara. Esta memoria tiene por objeto, precisamente, dar la contestación y reforzar más, por la exhibición de nuevos títulos, las vigorosas alegaciones ya formuladas por el Gobierno del Perú en su anterior exposición.

El Gobierno de Bolivia ha sustentado su demanda en dos memorias ó alegatos, suscritos respectivamente por su ministro plenipotenciario y por el abogado constituído oficialmente para la defensa del litigio. Pero es sensible observar que los dos documentos se hallan entre sí en plena contradicción sobre materias fundamentales del debate, sin que pueda saberse, en consecuencia, cuales son en definitiva las doctrinas ó los fundamentos en que se apoya el Estado colitigante.

La reclamación boliviana abraza los territorios que se extienden al oriente de la ciudad peruana del Cuzco hasta los límites con el Brasil. El señor ministro de Bolivia ha declarado que estos territorios eran distintos de los que la Recopilación de Leyes de Indias denominaba provincias

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